El SAT debe de dar a conocer el instrumento jurídico que dé cuenta del tratamiento que aplicaron a las más de 6,000 obras de arte que fueron recibidas como pago en especie; desde su recepción hasta el final del procedimiento, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
De esta forma se podrá dar a conocer el destino de estas piezas, aseguró el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, al presentar el caso ante el pleno.
“Qué hacen con ella, por qué se destina a una Embajada o por qué se destina a la oficina del Secretario tal o del Gobernador tal; o sea, la parte discrecional que rodea una decisión de esta naturaleza”, sostuvo Acuña Llamas.
El SAT respondió anteriormente al particular que solicitó conocer el instrumento jurídico, que el Programa de pago en especie se rige por el decreto que otorga facilidades para el pago de IEPS e IVA y condona parcialmente el primero de ellos que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su reproducción y facilita el pago de impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.
En un análisis del caso de la solicitud realizada y el recurso de revisión, el comisionado advirtió que el SAT no interpretó la petición correctamente y señaló fundamentos jurídicos que regulan la posibilidad del pago en especie.
De esta manera, se concluyó que el SAT cuenta con otras áreas administrativas competentes para conocer la información y en las cuales no hizo una búsqueda, como la Administración Central de Destino de Bienes, a quienes corresponde determinar los procedimientos y criterios para el control identificación, recepción, almacenaje, custodia, maniobra, traslado, entrega, transferencia y destino de las mercancías aceptadas como pago en especie.