¿Autoaplicativa la deducción de prestaciones laborales?

La regla I.3.3.1.16., que regula la cuantificación de las prestaciones de los trabajadores deducibles, es de naturaleza autoaplicativa

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Por Berenice Chávez

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que una norma es de naturaleza autoaplicativa, cuando modifica sustancialmente el esquema de tributación de las personas morales por concepto de ISR, al sujetarlos desde su entrada en vigor al acatamiento de la nueva mecánica establecida por la Ley.

A partir del 1o. de enero de 2014 con la entrada en vigor de la regla I.3.3.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC), el legislador extinguió y creó situaciones concretadas en torno al sistema de deducción de prestaciones laborales con el que venían operando los contribuyentes en 2013.

La regla en cuestión es una norma de naturaleza autoaplicativa, ya que por un lado, vincula a los contribuyentes desde el inicio de su vigencia, a implementar mecanismos contables o fiscales, para evitar que en el ejercicio actual, los pagos que a su vez se consideren ingresos exentos de gravamen para los trabajadores, no disminuyan en comparación con el año inmediato anterior; es decir, los sujeta a nuevas reglas para lograr el mayor porcentaje de deducción establecido por el legislador 53 %; pues de no lograrlo, disminuirá al 47 % ; y, por otro, al no permitirles deducir la totalidad de erogaciones de trato, como lo venían realizando en 2013, representa un cambio sustancial del esquema de deducciones.

Este criterio se sustenta con la jurisprudencia de rubro: RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2014, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE DICIEMBRE DE 2013. SU REGLA I.3.3.1.16., QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES, ES DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Materia Común, Tesis PC.I.A. J/69 A (10a.), Jurisprudencia, Registro 2011791, 3 de junio de 2016.