Revisiones digitales, ¿cómo enfrentarlas?

Las transnacionales requieren ajustar sus sistemas para solventar ese tipo de auditorías

Lic. Fernando Garrido, Director de Servicio a Clientes en TMF Group México
 Lic. Fernando Garrido, Director de Servicio a Clientes en TMF Group México  (Foto: Redacción)

La autoridad hacendaria está facultada para llevar a cabo revisiones de manera electrónica, esto es, realizar toda la secuela del acto de fiscalización a través de medios digitales y a notificarlas por buzón tributario emitiendo una preliquidación (arts. 42, fracc. IX y 53-B, CFF). El Jefe del SAT anunció que iniciarán en septiembre de 2016.

Esta potestad está contemplada para todo tipo de contribuyentes, su objetivo es reducir a casi tres meses las auditorías. Podrán ser objeto de ellas los pagadores de impuestos, responsables solidarios o terceros relacionados con ellos.

Procederán respecto de uno o más rubros o conceptos específicos de una o varias contribuciones, basándose en el análisis de la información y documentación que obre en poder de la autoridad.

Dicha atribución implica un reto para los causantes, ya que deberán tener un control minucioso de sus registros, comprobantes fiscales, así como de los documentos para amparar todas sus operaciones, además todo ha de coincidir con los datos en poder del fisco, de lo contrario será imposible hacer frente a ese tipo de facultad de comprobación y desvirtuar los hechos o la comisión de irregularidades imputadas.

Los desafíos derivados de ese tipo de actuaciones que en breve realizará el SAT, a fin de comprobar el correcto cumplimiento a los deberes tributarios, van desde contar con: la infraestructura digital idónea para la administración de toda la información para que pueda consultarse de forma rápida y verás, el personal adecuado para atender este tipo de requerimientos y asesoría legal en todo momento.

Esta situación se complica al tratarse de empresas transnacionales que invierten en territorio nacional, en ese tenor IDC Asesor Jurídico y Fiscal entrevistó a los Lics. Fernando Garrido y Nancy Domínguez Castillo, Managing Director y Directora de Servicio a Clientes, respectivamente, en TMF Group México para que respondieran a las siguientes dudas vinculadas con este tópico.

El uso de las Tecnologías de Información y Comunicación en el ámbito fiscal, ¿cómo ha impactado a las empresas extranjeras con presencia en nuestro país?

Definitivamente ha tenido un impacto importante como en otras áreas en las que se emplea la tecnología, y el ámbito fiscal no es la excepción, ya que muchos de los procesos se han vuelto más eficientes. Las horas utilizadas esperando en filas para poder entregar declaraciones, pagos, etc., han disminuido.

Actualmente, el acceso a la información fiscal es más rápido y oportuno, el particular puede consultar sus facturas emitidas y recibidas en la página del SAT, incluso los comprobantes de nómina electrónica, verificar sus declaraciones, trámites en línea, envío de la e-contabilidad, entre otras gestiones.

Las autoridades fiscales también cuentan con mayores datos que les permiten hacer sus revisiones más expeditas y precisas.

La obligación de enviar la información contable al fisco federal vía el buzón tributario para las empresas extranjeras que invierten en México, ¿ha implicado un desembolso de recursos para cumplir con ese deber?

Sí, una inversión de recursos para las compañías con la finalidad de poder generar la información contable que se reporta mensualmente a las autoridades fiscales, ya que el hacer las adecuaciones a sus sistemas para asegurar el cumplimiento al 100 % de los requisitos de la e-contabilidad, como son la generación de catálogos de cuenta, balanzas de comprobación y pólizas, generaron inversiones de horas hombre y dinero que para algunos contribuyentes significaron cantidades importantes.

¿Las corporaciones transnacionales están preparadas para enfrentar las auditorías electrónicas a partir de septiembre de 2016?

El tener los registros contables, facturas y recibos electrónicos, también ha permitido que las compañías mejoren los controles relacionados con la información financiera, si bien el proceso de las revisiones electrónicas es nuevo, del cual no existe antecedente alguno, los contribuyentes, en la medida que cumplan con sus obligaciones, podrán atenderlas, y en su caso, desvirtuar las consideraciones de las autoridades fiscales que no procedan.

¿Qué actuaciones preventivas se pueden implementar en las agrupaciones para poder atender ese tipo de diligencias en el evento de ser sujetas a ese tipo de revisiones?

Las acciones preventivas, son cumplir con los requisitos establecidos en las distintas disposiciones fiscales, como emitir comprobantes electrónicos, realizar los registros contables con los detalles solicitados, así como la preparación de los pagos provisionales, declaraciones informativas, toda esta información al ser revisada y cruzada entre sí nos dará posibles diferencias, en algunos casos, perfectamente entendibles por los giros y actividades de cada contribuyente o bien identificar errores.

En la medida que se cumplan con estas regulaciones el contribuyente es capaz de identificar por sí mismo las discrepancias entre la información generada, esta auto-revisión es más sencilla porque se puede hacer con los recursos internos (controles internos del área de impuestos) o bien mediante el uso de externos que realicen la revisión de esta información.

Ambos escenarios, permitirán la corrección si fuera el caso, previo a la revisión de las autoridades fiscales y así evitar multas.

Ante la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la constitucionalidad de la e-contabilidad, ¿qué se recomienda a los contribuyentes que interpusieron el amparo?

Si bien los amparos tienen varias instancias legales y algunos pagadores de impuestos tendrán el derecho de hacerlas valer, es importante que consideren la postura del máximo tribunal en México, que aparentemente será resuelta en el mismo sentido, tratándose del amparo para la presentación de contabilidad electrónica, que no les será otorgada la razón y estos tendrán que cumplir con la presentación de la misma, en los términos que la misma resolución lo establezca. Si bien esta resolución aún no constituye una jurisprudencia, los causantes que todavía no han obtenido una resolución deben estar preparados  a un año de la entrada en vigor de la disposición, para cumplir en su caso, con la presentación de la contabilidad electrónica.

Comentario final

Las transnacionales se enfrentan al reto de invertir en la infraestructura para adecuar sus sistemas contables electrónicos a las especificaciones que la autoridad hacendaria ha dado a conocer y la puedan enviar al SAT a través del buzón tributario.

Por otro lado, el no ajustar sus sistemas para que puedan consultar los datos de forma rápida y verás podría representar en gran medida dificultades al momento de hacer frente a las auditorías digitales, al no contar en tiempo con lo requerido para desvirtuar los hechos.