Cooperativas de producción

Conoce el tratamiento de los anticipos del remanente anual y cómo determinar el excedente del ejercicio de la sociedad

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 -  (Foto: Redacción)

La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas que con base en intereses comunes y principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, satisfacen necesidades individuales y colectivas, mediante la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Así las define la Ley General de Sociedades Cooperativas (LGSC) en su artículo 2o., del cual se desprenden los siguientes tipos de sociedades:

  • consumidores de bienes y/o servicios
  • productores de bienes y/o servicios, y
  • ahorro y préstamo

De consumidores de bienes y/o servicios

Su finalidad es la de asociarse para obtener en común artículos, bienes y/o servicios para sus miembros, sus hogares o sus actividades de producción, pudiendo también realizar operaciones con el público en general siempre que se permita a los consumidores afiliarse a la sociedad en el plazo que establezcan sus bases constitutivas (arts. 22 y 23, LGSC).

Pueden dedicarse a actividades de abastecimiento y distribución, así como a la prestación de servicios relacionados con la educación o la obtención de vivienda (art. 26, LGSC).

De productores de bienes y/o servicios

Sus miembros se asocian para trabajar en común en la producción de bienes y/o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual. Independientemente del tipo de producción a la que estén dedicadas, estas sociedades podrán almacenar, conservar, transportar y comercializar sus productos (art. 27, LGSC).

Los rendimientos anuales de la sociedad se reparten de acuerdo con el trabajo aportado por cada socio durante el año, tomando en cuenta que el trabajo puede evaluarse a partir de los factores de: calidad, tiempo, nivel técnico y escolar.

De ahorro y préstamo

Son aquellas que realizan actividades de ahorro y préstamo; es decir, la captación de recursos a través de depósitos de ahorro de dinero de sus socios; y la colocación y entrega de los recursos captados entre los mismos (art. 33, LGSC). Este tipo de sociedades también estará a lo dispuesto por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Categorías

Las sociedades cooperativas se clasifican como ordinarias y de participación estatal. Las primeras solo requieren de su constitución legal para operar (arts. 30, 31 y 32, LGSC).

En las de participación estatal, el Estado puede darles en concesión o administración bienes o servicios. Es decir, se asocian con autoridades federales, estatales, municipales o los órganos político-administrativos de la CDMX, para la explotación de unidades productoras o de servicios públicos, dados en administración, o para financiar proyectos de desarrollo económico a niveles local, regional o nacional.

Fondo de reserva

Su finalidad es la de cubrir a la sociedad para afrontar pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo reintegrarse al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos. No debe ser menor del 25 % del capital social de las sociedades cooperativas de producción (arts. 54 y 55, LGSC).

Se determina en cada ejercicio de la siguiente forma:

  Rendimientos del ejercicio
Por: Por ciento acordado por la asamblea general, el que deberá ser del 10 % al 20 %
Igual: Importe a destinarse en el ejercicio al fondo de reserva

 

  Fondo de reserva al inicio del ejercicio
Más: Importe a destinarse en el ejercicio al fondo de reserva
Igual: Fondo de reserva al cierre del ejercicio

Fondo de previsión social

Según los numerales 57 y 58 de la LGSC, este fondo se destina para:

  • cubrir riesgos y enfermedades profesionales
  • formar fondos de pensiones y haberes de retiro de socios
  • primas de antigüedad, y
  • fines diversos que cubran: gastos médicos y de funeral, subsidios por incapacidad, becas educacionales para los socios o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas y otras prestaciones de previsión social de naturaleza análoga

Estas prestaciones son independientes a las que tengan derecho los socios por su afiliación a los sistemas de seguridad social.

Las sociedades cooperativas deben inscribir obligatoriamente a sus miembros y a sus trabajadores, a los sistemas de seguridad social, e instrumentar las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, así como de capacitación y adiestramiento (art. 12, fraccs. I y III, LSS).

Su constitución se realiza con la aportación anual del porcentaje, que sobre los ingresos netos, sea definido por la asamblea general, quien fijará las prioridades para su aplicación.

Fondo de educación cooperativa

Se constituirá con el porcentaje fijado por la asamblea general, sin que este sea menor al 1 % de los excedentes netos del mes (art. 59, LGSC).

Rendimientos

El numeral 61 de la LGSC señala que los rendimientos de cada ejercicio social se obtienen de la siguiente forma:

  Activo
Menos: Pasivo
Menos: Capital social
Menos: Fondos
Menos: Rendimientos de ejercicios anteriores
Igual: Rendimiento (pérdida) del ejercicio

La asamblea general fijará el reparto de los rendimientos anuales con base en el trabajo aportado por cada socio durante el año, tomando en cuenta que este puede evaluarse a partir de su: calidad, tiempo, nivel técnico y escolar (arts. 28 y 36, fracc. X, LGSC).

Trabajadores

De acuerdo con el precepto 65 de la LGSC las sociedades cooperativas de producción solo pueden contratar personal asalariado en los siguientes casos:

  • cuando las circunstancias extraordinarias o imprevistas de la producción o los servicios lo exijan
  • por la ejecución de obras determinadas
  • para trabajos eventuales o por tiempo determinado o indeterminado, distintos a los requeridos por el objeto social de la sociedad cooperativa
  • para la sustitución temporal de un socio hasta por seis meses en un año, y
  • por la necesidad de incorporar personal especializado altamente calificado

Para las demás sociedades no existe limitación.

Marco fiscal

En este artículo se toca el régimen fiscal de las sociedades cooperativas de producción (SCP), las cuales pueden dedicarse al sector primario u otras actividades.

Sector primario

Las SCP dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas deben tributar en el régimen previsto en el Capítulo VIII, del Título II de la LISR.

Se consideran contribuyentes dedicados exclusivamente a dichas actividades, si los ingresos derivados de las actividades del sector primario representan cuando menos el 90 % de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad (art. 74, LISR).

Las sociedades que cuenten con concesión o permiso del Gobierno Federal para explotar los recursos marinos o silvícolas, pueden optar por dejar de observar el límite de exención de ingresos para el ISR de 200 UMA, siempre que reúnan los requisitos previstos en la regla 1.12. de la Resolución de Facilidades Administrativas para 2016, incluyendo la presentación del escrito libre, dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de dicha resolución para ejercer esta facilidad.

Otras actividades

El numeral 94 de la LISR indica que las demás SCP pueden cumplir con sus obligaciones fiscales en el Título II de la LISR o conforme al Título VII, Capítulo VII de la misma ley. Las diferencias entre ambos esquemas pueden apreciarse en el siguiente cuadro:

  Título II Título VII, Capítulo VII
Ingresos acumulables y disminución de gastos Los ingresos se acumulan cuando se cobren parcial o totalmente, se emita el comprobante o se entregue el bien o preste el servicio. Los gastos se deducen cuando se cuente con el comprobante fiscal que los ampare Acumulan los ingresos cuando efectivamente los cobren y deducen sus gastos en el momento en que los erogan  
Rendimientos y anticipos a socios Se consideran ingresos asimilados a salarios y se debe retener el ISR que corresponda
Pagos provisionales Mensuales con base en el coeficiente de utilidad calculado conforme el precepto 14 de la LISR No se hacen pagos provisionales del ISR
Cálculo del ISR del ejercicio   Se determina su utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de sus ingresos las deducciones autorizadas y a la diferencia se le resta en su caso la PTU pagada en el ejercicio y se amortizan las pérdidas fiscales pendientes de aplicar. El resultado se multiplica por la tasa del 30 % (art. 9, LISR) Se obtiene la utilidad gravable por cada socio en la proporción que le corresponde a su participación en la sociedad, en términos del artículo 109 de la LISR (régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales)
Pérdida fiscal   Se amortiza contra utilidades de ejercicios posteriores (art. 57, LISR)   Solo pueden amortizar las pérdidas generadas en el régimen opcional contra las utilidades del mismo. De haber tributado en el Título II y obtenido una pérdida fiscal, no puede amortizarse contra las utilidades determinadas en el Capítulo VII
ISR del ejercicio   Se paga a más tardar el 31 de marzo del ejercicio inmediato siguiente Puede diferirse el total del ISR hasta el ejercicio en el que se distribuyan a los socios la utilidad gravable que les toque. Si no se distribuye dentro de los dos ejercicios siguientes a aquel en que se generó, debe pagarse el ISR diferido. Se considera que se distribuyen utilidades, cuando la utilidad gravable se invierta en activos financieros diferentes a las cuentas por cobrar a clientes o en recursos necesarios para la operación normal de la sociedad de que se trate. Cuando se distribuyan a los socios las utilidades provenientes de la cuenta de utilidad gravable, se debe pagar el impuesto pospuesto aplicando la tarifa anual del ISR del artículo 152 de la LISR. Se considera que las primeras utilidades que se otorguen son las primeras que se generaron. El ISR causado por el pago de la utilidad gravable se tiene que pagar a más tardar el 17 del mes inmediato siguiente a aquel en el que se dieron
Cuentas de control de distribución de utilidades Se lleva la cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) que permite conocer qué utilidades ya pagaron ISR y cuáles no Se llevará una cuenta de utilidad gravable. Se adiciona con la utilidad gravable del ejercicio y se disminuye con la gravable pagada

Caso práctico

La “Sociedad Cooperativa de Producción Muebles Rústicos, SCP”, cuyos socios se dedican a la producción de muebles de maderas, se constituyó en el 2015 de la siguiente forma:

Socio Observaciones Aportación en bienes o efectivo Valuación del trabajo a aportar
Martha González Martínez Carpintero $9,750.00 $67,500.00
Raúl Castillo Roa Carpintero 3,750.00 67,500.00
Mauricio López Pérez Carpintero y contador 5,250.00 104,250.00
Ignacio Sánchez Márquez Carpintero No realizó 67,500.00
Arturo Pacheco Aguilar Carpintero y biólogo No realizó 142,500.00
Pedro Pasantes Castillo Carpintero 17,250.00 67,500.00
Total   $36,000.00 $516,750.00

Desde enero 2016 optó por cumplir con sus obligaciones fiscales en el Capítulo VII, del Título VII de la LISR, pues en 2015 lo hizo en el régimen general de las personas morales (Título II), generando una pérdida fiscal.

Las operaciones de 2016 son las siguientes:

El 31 de octubre de 2016, enajenó un equipo de cómputo que había adquirido el 11 de agosto de 2015, obteniendo la siguiente ganancia.

Depreciación acumulada a octubre 2016

  Concepto Importe
  MOI $30,000.00
Por: Por ciento de depreciación 30 %
Igual: Depreciación anual 9,000.00
Entre: Meses del año 12
Igual: Depreciación mensual 750.00
Por: Meses completos de uso acumulados desde que se comenzó a utilizar el bien y hasta su venta 14
Igual: Depreciación acumulada a octubre 2016 $10,500.00

Saldo pendiente por depreciar actualizado a octubre 2016

  Concepto Importe
  MOI $30,000.00
Menos: Depreciación acumulada a octubre 2016 10,500.00
Igual: Saldo pendiente por deducir 19,500.00
Por: Factor de actualización 1.0205
Igual: Saldo pendiente por depreciar actualizado a octubre 2016 $19,899.75

 Factor de actualización

  Concepto Importe
  INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio de enajenación (mayo 2016) 118.770
Entre: INPC del mes de adquisición (agosto 2015) 116.373
Igual: Factor de actualización 1.0205

Ganancia fiscal por enajenación de activo

  Concepto Importe
  Precio de venta del activo $22,500.00
Menos: Saldo pendiente por depreciar actualizado a octubre 2016 19,899.75
Igual: Ganancia fiscal por enajenación de activo $2,600.25

Ganancia contable por enajenación de activo

  Concepto Importe
  Precio de venta del activo $22,500.00
Menos: Saldo pendiente por deducir 19,500.00
Igual: Ganancia contable por enajenación de activo $3,000.00

La depreciación que de este activo se aplicó en el ejercicio es:

Depreciación actualizada del periodo de la impresora

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo
  Depreciación mensual $750.00 $750.00 $750.00 $750.00 $750.00
Por: Factor de actualización 1.0185 1.0224 1.0224 1.0269 1.0269
Igual: Depreciación mensual actualizada 763.88 766.8 766.8 770.18 770.18
Por: Número de meses acumulados al que corresponde el pago provisional 1 2 3 4 5
Igual: Depreciación actualizada del periodo de la impresora $763.88 $1,533.60 $2,300.40 $3,080.72 $3,850.90

 

  Concepto Junio Julio Agosto Septiembre Octubre
  Depreciación mensual $750.00 $750.00 $750.00 $750.00 $750.00
Por: Factor de actualización 1.0284 1.0284 1.0251 1.0251 1.0205
Igual: Depreciación mensual actualizada 771.30 771.30 768.830 768.830 765.38
Por: Número de meses acumulados al que corresponde el pago provisional 6 7 8 9 10
Igual: Depreciación actualizada del periodo de la impresora $4,627.80 $5,399.10 $6,150.64 $6,919.47 $7,653.80

Factor de actualización

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo
  INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio 118.5320 118.9840 118.9840 119.5050 119.5050
Entre: INPC del mes de adquisición (agosto 2015) 116.3730 116.3730 116.3730 116.3730 116.3730
Igual: Factor de actualización 1.0185 1.0224 1.0224 1.0269 1.0269

 

  Concepto Junio Julio Agosto Septiembre Octubre
  INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio 119.6810 119.6810 119.3020 119.3020 118.7700
Entre: INPC del mes de adquisición (agosto 2015) 116.3730 116.3730 116.3730 116.3730 116.3730
Igual: Factor de actualización 1.0284 1.0284 1.0251 1.0251 1.0205

Ingresos acumulables del periodo

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Total de ventas $938,225.00 $895,280.00 $916,869.00 $919,920.00 $923,441.00 $891,759.00
Más: Ganancia por enajenación de activo 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Menos: Ventas a crédito 50,663.00 48,344.00 49,509.00 49,674.00 49,865.00 48,155.00
Igual: Ingresos efectivamente cobrados 887,562.00 846,936.00 867,360.00 870,246.00 873,576.00 843,604.00
Más: Ventas cobradas de periodos anteriores (1) 0.00 49,041.00 46,797.00 47,927.00 48,086.00 48,269.00
Igual: Ingresos acumulables 887,562.00 895,977.00 914,157.00 918,173.00 921,662.00 891,873.00
Más: Ingresos acumulables de periodos anteriores 0.00 887,562.00 1,783,539.00 2,697,696.00 3,615,869.00 4,537,531.00
Igual: Ingresos acumulables del periodo $887,562.00 $1,783,539.00 $2,697,696.00 $3,615,869.00 $4,537,531.00 $5,429,404.00

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Total de ventas $904,431.00 $932,828.00 $937,050.00 $895,373.00 $922,854.00 $929,307.00
Más: Ganancia por enajenación de activo 0.00 0.00 0.00 2,600.25 0.00 0.00
Menos: Ventas a crédito 48,840.00 50,370.00 50,598.00 48,348.00 49,833.00 50,181.00
Igual: Ingresos efectivamente cobrados 855,591.00 882,458.00 886,452.00 849,625.25 873,021.00 879,126.00
Más: Ventas cobradas de periodos anteriores (1) 46,613.00 47,276.00 48,759.00 48,981.00 46,802.00 48,237.00
Igual: Ingresos acumulables 902,204.00 929,734.00 935,211.00 898,606.25 919,823.00 927,363.00
Más: Ingresos acumulables de periodos anteriores 5,429,404.00 6,331,608.00 7,261,342.00 8,196,553.00 9,095,159.25 10,014,982.25
Igual: Ingresos acumulables del periodo $6,331,608.00 $7,261,342.00 $8,196,553.00 $9,095,159.25 $10,014,982.25 $10,942,345.25

Nota: (1) No deben incluirse los ingresos cobrados de 2015 pues ya se pagó el ISR correspondiente cuando se tributaba en el Título II de la LISR

Durante el ejercicio, los socios acordaron pagar los siguientes anticipos de rendimientos mensualmente:

  Socio Anticipos de rendimientos
  Martha González Martínez $13,500.00
Más: Raúl Castillo Roa 18,750.00
Más: Mauricio López Pérez 21,750.00
Más: Ignacio Sánchez Márquez 27,000.00
Más: Arturo Pacheco Aguilar 37,500.00
Más: Pedro Pasantes Castillo 45,000.00
Igual: Total anticipos pagados mensualmente $163,500.00

También se otorgaron prestaciones de previsión social, las cuales no pagan ISR si la suma de ellas con los anticipos de los rendimientos no superan el equivalente a siete veces la UMA elevada al periodo del pago; de exceder solo se exentará por concepto de prestaciones de previsión social hasta el equivalente a una UMA elevada al mismo periodo (art. 93, fracc. VIII, penúltimo y último párrafos, LISR).

7 veces la UMA elevada al periodo

  Concepto Mensual Anual
  UMA $73.04 $73.04
Por: Días del periodo 30.4 366
Igual: UMA del periodo 2,220.42 26,732.64
Por: Siete 7 7
Igual: 7 veces la UMA elevada al periodo $15,542.94 $187,128.48

Total de prestaciones de previsión social

  Concepto Martha González M}artínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo Total
  Vales de despensa $1,215.00 $1,688.00 $1,958.00 $2,430.00 $3,375.00 $4,050.00 $14,716.00
Más: Vales de ropa 945.00 1,313.00 1,523.00 1,890.00 2,625.00 3,150.00 11,446.00
Más: Ayuda de colegiaturas 810.00 1,125.00 1,305.00 1,620.00 2,250.00 2,700.00 9,810.00
Más: Ayuda para renta 675.00 938.00 1,088.00 1,350.00 1,875.00 2,250.00 8,176.00
Igual: Total de prestaciones de previsión social $3,645.00 $5,064.00 $5,874.00 $7,290.00 $10,125.00 $12,150.00 $44,148.00

 Excede

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo
  Anticipos de rendimientos $13,500.00 $18,750.00 $21,750.00 $27,000.00 $37,500.00 $45,000.00
Más: Prestaciones de previsión social 3,645.00 5,064.00 5,874.00 7,290.00 10,125.00 12,150.00
Igual: Anticipos más previsión social 17,145.00 23,814.00 27,624.00 34,290.00 47,625.00 57,150.00
Contra: 7 veces la UMA elevada al mes $15,542.94 $15,542.94 $15,542.94 $15,542.94 $15,542.94 $15,542.94
  ¿Excede?

 

Previsión social gravada

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo
  Prestaciones de previsión social $3,645.00 $5,064.00 $5,874.00 $7,290.00 $10,125.00 $12,150.00
Menos: UMA del periodo 2,220.42 2,220.42 2,220.42 2,220.42 2,220.42 2,220.42
Igual: Previsión social gravada $1,424.58 $2,843.58 $3,653.58 $5,069.58 $7,904.58 $9,929.58

Esta previsión social es totalmente deducible para el ISR, pues los socios cooperativistas no tienen la calidad de trabajadores de la sociedad, por lo que no es aplicable el límite de deducibilidad previsto en el artículo 28, fracción XXX de la LISR.

Sobre los rendimientos pagados y la previsión social gravada, la sociedad efectúo a cada socio las siguientes retenciones:

ISR retenido

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo
  Anticipos de rendimientos $13,500.00 $18,750.00 $21,750.00 $27,000.00 $37,500.00 $45,000.00
Más: Previsión social gravada 1,424.58 2,843.58 3,653.58 5,069.58 7,904.58 9,929.58
Igual: Base gravable 14,924.58 21,593.58 25,403.58 32,069.58 45,404.58 54,929.58
Menos: Límite inferior 10,298.36 20,770.30 20,770.30 20,770.30 32,736.84 32,736.84
Igual: Excedente del límite inferior 4,626.22 823.28 4,633.28 11,299.28 12,667.74 22,192.74
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 21.36 % 23.52 % 23.52 % 23.52 % 30.00 % 30.00 %
Igual: Impuesto marginal 988.16 193.64 1,089.75 2,657.59 3,800.32 6,657.82
Más: Cuota fija 1,090.61 3,327.42 3,327.42 3,327.42 6,141.95 6,141.95
Igual: ISR retenido $2,078.77 $3,521.06 $4,417.17 $5,985.01 $9,942.27 $12,799.77

Los demás gastos deducibles del ejercicio fueron los siguientes:

Gastos erogados acumulados del periodo

  Concepto  Enero  Febrero  Marzo  Abril  Mayo  Junio
  Compras de materias prima $60,151.00 $71,046.00 $63,805.00 $64,146.00 $71,501.00 $67,553.00
  Compras de artículos terminados 35,498.00 37,819.00 40,699.00 42,210.00 39,029.00 41,348.00
  Anticipos de rendimientos 163,500.00 163,500.00 163,500.00 163,500.00 163,500.00 163,500.00
Más: Prestaciones 44,148.00 44,148.00 44,148.00 44,148.00 44,148.00 44,148.00
Más: Cuotas al IMSS 48,232.50 20,502.90 48,232.50 20,502.90 48,232.50 20,502.90
Más: Otras contribuciones y derechos 6,229.00 6,229.00 6,229.00 6,229.00 6,229.00 6,229.00
Más: Capacitación 10,658.00 10,718.00 11,838.00 11,304.00 10,669.00 11,823.00
Más: Honorarios a personas físicas 6,548.00 7,730.00 6,880.00 6,900.00 7,492.00 7,555.00
Más: Depreciación 763.88 1,533.60 2,300.40 3,080.72 3,850.90 4,627.80
Más: Cuotas y suscripciones 1,054.00 1,203.00 1,169.00 1,081.00 1,180.00 1,221.00
Más: Fletes y acarreos 1,564.00 1,848.00 1,721.00 1,857.00 1,826.00 1,608.00
Más: Viáticos y gastos de viaje 3,254.00 3,289.00 3,389.00 3,495.00 3,303.00 3,567.00
Más: Luz 1,548.00 1,808.00 1,794.00 1,676.00 1,556.00 1,595.00
Más: Teléfonos 658.00 736.00 716.00 784.00 670.00 681.00
Más: Mantenimiento 965.00 1,018.00 979.00 969.00 1,096.00 1,011.00
Más: Papelería y útiles de oficina 854.00 965.00 867.00 975.00 997.00 958.00
Más: Seguros y fianzas 0.00 0.00 0.00 1,311.00 0.00 1,424.00
Más: Publicidad 2,045.00 2,318.00 2,093.00 2,145.00 2,099.00 2,108.00
Más: Agua 15,648.00 16,336.00 18,327.00 18,172.00 17,318.00 16,372.00
Más: Comisiones 3,654.00 3,898.00 3,743.00 3,919.00 4,059.00 4,017.00
Más: Otros gastos 2,648.00 3,080.00 3,055.00 2,737.00 2,792.00 2,649.00
Igual: Total de gastos del periodo efectivamente erogados 409,620.38 399,725.50 425,484.90 401,141.62 431,547.40 404,497.70
Más: Gastos de periodos anteriores 0.00 409,620.38 809,345.88 1,234,830.78 1,635,972.40 2,067,519.80
Igual: Gastos erogados acumulados del periodo $409,620.38 $809,345.88 $1,234,830.78 $1,635,972.40 $2,067,519.80 $2,472,017.50

 

  Concepto  Julio  Agosto  Septiembre  Octubre  Noviembre  Diciembre
  Compras de materias prima $68,247.00 $67,950.00 $67,647.00 $64,740.00 $64,269.00 $67,808.00
  Compras de artículos terminados 36,829.00 37,088.00 36,821.00 40,166.00 40,208.00 36,217.00
  Anticipos de rendimientos 163,500.00 163,500.00 163,500.00 163,500.00 163,500.00 163,500.00
Más: Prestaciones 44,148.00 44,148.00 44,148.00 44,148.00 44,148.00 44,148.00
Más: Cuotas al IMSS 48,232.50 20,502.90 48,232.50 20,502.90 48,232.50 20,502.90
Más: Otras contribuciones y derechos 6,229.00 6,229.00 6,229.00 6,229.00 6,229.00 6,229.00
Más: Capacitación 10,664.00 11,562.00 11,402.00 11,732.00 11,306.00 12,241.00
Más: Honorarios a personas físicas 6,968.00 7,699.00 7,231.00 6,566.00 7,544.00 7,581.00
Más: Depreciación 5,399.10 6,150.64 6,919.47 7,653.80 0.00 0.00
Más: Cuotas y suscripciones 1,100.00 1,121.00 1,245.00 1,142.00 1,107.00 1,218.00
Más: Fletes y acarreos 1,706.00 1,642.00 1,869.00 1,876.00 1,838.00 1,760.00
Más: Viáticos y gastos de viaje 3,846.00 3,502.00 3,556.00 3,278.00 3,763.00 3,899.00
Más: Luz 1,571.00 1,738.00 1,821.00 1,824.00 1,694.00 1,799.00
Más: Teléfonos 781.00 660.00 660.00 684.00 682.00 694.00
Más: Mantenimiento 982.00 1,156.00 1,102.00 1,021.00 1,025.00 1,016.00
Más: Papelería y útiles de oficina 947.00 1,023.00 1,001.00 938.00 1,002.00 970.00
Más: Seguros y fianzas 1,328.00 1,354.00 0.00 1,427.00 0.00 1,394.00
Más: Publicidad 2,078.00 2,051.00 2,419.00 2,151.00 2,421.00 2,429.00
Más: Agua 15,960.00 16,472.00 17,367.00 17,049.00 17,447.00 18,150.00
Más: Comisiones 3,819.00 4,048.00 3,712.00 4,209.00 3,656.00 3,786.00
Más: Otros gastos 3,144.00 3,155.00 3,165.00 3,098.00 2,864.00 3,132.00
Igual: Total de gastos del periodo efectivamente erogados 427,478.60 402,751.54 430,046.97 403,934.70 422,935.50 398,473.90
Más: Gastos de periodos anteriores 2,472,017.50 2,899,496.10 3,302,247.64 3,732,294.61 4,136,229.31 4,559,164.81
Igual: Gastos erogados acumulados del periodo $2,899,496.10 $3,302,247.64 $3,732,294.61 $4,136,229.31 $4,559,164.81 $4,957,638.71

Referente a los ingresos y gastos contables, cada mes deben efectuarse las aportaciones correspondientes al fondo de educación. Dichos conceptos deben estar los registrados en el mes en la contabilidad de la sociedad, independientemente de si son efectivamente cobrados o erogados.

Suponiendo que la única erogación fiscal no contable es la depreciación del activo, y los gastos efectuados son los efectivamente erogados, se obtienen los siguientes resultados:

Gastos contables del periodo

  Concepto  Enero  Febrero  Marzo  Abril  Mayo  Junio
  Total de gastos del periodo efectivamente erogados $409,620.38 $399,725.50 $425,484.90 $401,141.62 $431,547.40 $404,497.70
Menos: Depreciación fiscal 763.88 766.80 766.80 770.18 770.18 771.30
Igual: Gastos contables 408,856.50 398,958.70 424,718.10 400,371.44 430,777.22 403,726.40
Más: Depreciación contable 750.00 750.00 750.00 750.00 750.00 750.00
Igual: Gastos contables del periodo $409,606.50 $399,708.70 $425,468.10 $401,121.44 $431,527.22 $404,476.40

 

  Concepto  Julio  Agosto  Septiembre  Octubre  Noviembre  Diciembre
  Total de gastos del periodo efectivamente erogados $427,478.60 $402,751.54 $430,046.97 $403,934.70 $422,935.50 $398,473.90
Menos: Depreciación fiscal 771.30 768.83 768.83 765.38 0.00 0.00
Igual: Gastos contables 426,707.30 401,982.71 429,278.14 403,169.32 422,935.50 398,473.90
Más: Depreciación contable 750.00 750.00 750.00 750.00 0.00 0.00
Igual: Gastos contables del periodo $427,457.30 $402,732.71 $430,028.14 $403,919.32 $422,935.50 $398,473.90

Respecto a los ingresos se toma el total de las ventas y la ganancia contable por la venta de activos:

Ingresos contables del periodo

    Concepto  Enero  Febrero  Marzo  Abril  Mayo  Junio
  Total de ventas $938,225.00 $895,280.00 $916,869.00 $919,920.00 $923,441.00 $891,759.00
Más: Ganancia contable por venta de activo fijo 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Igual: Ingresos contables del periodo $938,225.00 $895,280.00 $916,869.00 $919,920.00 $923,441.00 $891,759.00

 

  Concepto  Julio  Agosto  Septiembre  Octubre  Noviembre  Diciembre
  Total de ventas $904,431.00 $932,828.00 $937,050.00 $895,373.00 $922,854.00 $929,307.00
Más: Ganancia contable por venta de activo fijo 0.00 0.00 0.00 3,000.00 0.00 0.00
Igual: Ingresos contables del periodo $904,431.00 $932,828.00 $937,050.00 $898,373.00 $922,854.00 $929,307.00

Importe para conformar el fondo de educación

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Ingresos contables del periodo $938,225.00 $895,280.00 $916,869.00 $919,920.00 $923,441.00 $891,759.00
Menos: Gastos contables del periodo 409,606.50 399,708.70 425,468.10 401,121.44 431,527.22 404,476.40
Igual: Excedentes del periodo 528,618.50 495,571.30 491,400.90 518,798.60 491,913.80 487,282.60
Por: Por ciento para fondo de educación (1) 3 % 3 % 3 % 3 % 3 % 3 %
Igual: Importe a destinar al fondo de educación $15,858.56 $14,867.14 $14,742.03 $15,563.96 $14,757.41 $14,618.48

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Ingresos contables del periodo $904,431.00 $932,828.00 $937,050.00 $898,373.00 $922,854.00 $929,307.00
Menos: Gastos contables del periodo 427,457.30 402,732.71 430,028.14 403,919.32 422,935.50 398,473.90
Igual: Excedentes del periodo 476,973.70 530,095.30 507,021.90 494,453.70 499,918.50 530,833.10
Por: Por ciento para fondo de educación (1) 3 % 3 % 3 % 3 % 3 % 3 %
Igual: Importe a destinar al fondo de educación $14,309.21 $15,902.86 $15,210.66 $14,833.61 $14,997.56 $15,924.99

Nota:(1) Por ciento pactado por la asamblea de la SCP, que en ningún caso puede ser menor al 1 %

IVA

La LIVA no establece ningún tratamiento especial para este tipo de sociedades, por lo que se estará a las disposiciones generales de la misma. Así, la venta de los bienes de la SCP se encuentra gravada, por lo que la sociedad realiza mensualmente los pagos definitivos de este impuesto, conforme a lo siguiente:

IVA trasladado por la SCP

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Ingresos efectivamente cobrados (incluye venta de activo) $887,562.00 $895,977.00 $914,157.00 $918,173.00 $921,662.00 $891,873.00
Por: Tasa 16 % 16 % 16 % 16 % 16 % 16 %
Igual: IVA trasladado por la SCP $142,009.92 $143,356.32 $146,265.12 $146,907.68 $147,465.92 $142,699.68

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Ingresos efectivamente cobrados (incluye venta de activo) $902,204.00 $929,734.00 $935,211.00 $898,606.25 $919,823.00 $927,363.00
Por: Tasa 16 % 16 % 16 % 16 % 16 % 16 %
Igual: IVA trasladado por la SCP $144,352.64 $148,757.44 $149,633.76 $143,777.00 $147,171.68 $148,378.08

IVA acreditable del periodo

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Gastos por los que se le trasladó el IVA a la SCP $146,747.00 $163,812.00 $161,075.00 $163,681.00 $165,587.00 $165,490.00
Por: Tasa 16 % 16 % 16 % 16 % 16 % 16 %
Igual: IVA acreditable del periodo $23,479.52 $26,209.92 $25,772.00 $26,188.96 $26,493.92 $26,478.40

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Gastos por los que se le trasladó el IVA a la SCP $159,970.00 $162,221.00 $161,018.00 $161,901.00 $160,826.00 $164,094.00
Por: Tasa 16 % 16 % 16 % 16 % 16 % 16 %
Igual: IVA acreditable del periodo $25,595.20 $25,955.36 $25,762.88 $25,904.16 $25,732.16 $26,255.04

IVA  a pagar

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  IVA trasladado por la SCP $142,009.92 $143,356.32 $146,265.12 $146,907.68 $147,465.92 $142,699.68
Menos: IVA acreditable del periodo 23,479.52 26,209.92 25,772.00 26,188.96 26,493.92 26,478.40
Igual: IVA a pagar $118,530.40 $117,146.40 $120,493.12 $120,718.72 $120,972.00 $116,221.28

 

    Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  IVA trasladado por la SCP $144,352.64 $148,757.44 $149,633.76 $143,777.00 $147,171.68 $148,378.08
Menos: IVA acreditable del periodo 25,595.20 25,955.36 25,762.88 25,904.16 25,732.16 26,255.04
Igual: IVA a pagar $118,757.44 $122,802.08 $123,870.88 $117,872.84 $121,439.52 $122,123.04

Fondo de previsión social

Al cierre del ejercicio se conformó el fondo de previsión social que se utilizará para cubrir los gastos del siguiente ejercicio.

  Concepto Importe
  Ingresos contables del ejercicio $11,010,337.00
Por: Por ciento del fondo de previsión social 6 %
Igual: Importe del ejercicio a destinarse al fondo de previsión social $660,620.22

Fondo de previsión social al cierre del ejercicio

  Concepto Importe
  Saldo inicial $654,845.00
Menos: Prestaciones pagadas en 2016 con cargo al fondo 529,776.00
Igual: Subtotal 125,069.00
Más: Aportación 2016 660,620.22
Igual: Fondo de previsión social al cierre del ejercicio $785,689.22

Resultados del ejercicio

De conformidad con el artículo 61 de la LGSC, los excedentes de cada ejercicio social anual son la diferencia entre activo y pasivo menos la suma del capital social, las reservas y los rendimientos acumulados de años anteriores.

Una vez que se obtenga dicho excedente, se calculará el importe del ejercicio que se incluirá en el fondo de reserva.

A continuación se muestra el balance al cierre del ejercicio.

Activo     Pasivo  
Efectivo en caja y depósitos en instituciones de crédito $1,521,564.00   Contribuciones por pagar $173,652.07
Cuentas y documentos por cobrar 61,236.00      
Inventarios 654,895.00   Suma Pasivo 173,652.07
         
Inmuebles (1) 1,456,840.00   Capital Contable  
Maquinaria y equipo (1) 864,873.00      
Terreno 1,353,154.15   Capital social:  
          De aportaciones 552,750.00
      Fondos  
      De reserva 112,418.25
      De previsión social 785,689.22
      De educación 94,560.00
      Rendimientos  
          Acumulados 0.00
          Del ejercicio 4,193,492.61
      Suma Capital Contable 5,738,910.08
Suma Activo $5,912,562.15   Suma Pasivo más Capital Contable $5,912,562.15

Nota: (1) Activos adquiridos a finales de diciembre 2016, por lo que aun no presentan depreciación contable ni fiscal en este año

Rendimiento del ejercicio

  Concepto Importe
  Activo $5,898,288.25
Menos: Pasivo 159,378.17
Menos: Capital social 552,750.00
Menos: Fondos 992,667.47
Menos: Rendimientos de ejercicios anteriores 0.00
Igual: Rendimiento del ejercicio $4,193,492.61

Para conocer la cantidad que se destinará de los rendimientos del ejercicio al fondo de reserva, cabe recordar que este debe representar cuando menos el 25 % del capital social.

Monto mínimo del fondo de reserva

  Concepto Importe
  Capital social $552,750.00
Por: Por ciento mínimo que debe representar el fondo de reserva 25 %
Igual: Monto mínimo del fondo de reserva $138,187.50

Faltante del fondo de reserva (A)

  Concepto Importe
  Monto mínimo del fondo de reserva $138,187.50
Menos: Fondo de reserva existente 112,418.25
Igual: Faltante del fondo de reserva (A) $25,769.25

Importe calculado conforme al porciento del fondo de reserva (B)

  Concepto Importe
  Rendimientos del ejercicio $4,193,492.61
Por: Por ciento acordado por la asamblea general 10 %
Igual: Importe calculado conforme al porciento del fondo de reserva (B) $419,349.26

Después de restar a los rendimientos del ejercicio el importe del fondo de reserva, se obtendrá el monto susceptible de reparto. 

Rendimientos del ejercicio susceptibles de reparto

  Concepto Importe
  Rendimiento del ejercicio $4,193,492.61
Menos: Importe a destinarse del ejercicio al fondo de reserva (menor de “A” y “B”) 25,769.25
Igual: Rendimientos del ejercicio susceptibles de reparto $4,167,723.36

Pago de excedente

Supóngase que la asamblea general decide repartir a los socios el 50 % de los rendimientos, para destinar el resto a la inversión en distintos rubros que requiere la sociedad.              

El reparto de los rendimientos se efectúa con base en los siguientes por cientos determinados por la asamblea general, de acuerdo con el trabajo prestado.

Proporción que le corresponde de los rendimientos del ejercicio

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez
  Anticipos pagados durante el ejercicio $162,000.00 $225,000.00 $261,000.00 $324,000.00
Más: Prestaciones de previsión social otorgadas 43,740.00 60,768.00 70,488.00 87,480.00
Igual: Total 205,740.00 285,768.00 331,488.00 411,480.00
Entre: Total de anticipos y previsión del ejercicio $2,491,776.00 $2,491,776.00 $2,491,776.00 $2,491,776.00
Igual: Proporción que le corresponde de los rendimientos del ejercicio 8.26 % 11.47 % 13.30 % 16.51 %

 

  Concepto Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo Total
  Anticipos pagados durante el ejercicio $450,000.00 $540,000.00 $1,962,000.00
Más: Prestaciones de previsión social otorgadas 121,500.00 145,800.00 $529,776.00
Igual: Total 571,500.00 685,800.00 $2,491,776.00
Entre: Total de anticipos y previsión del ejercicio $2,491,776.00 $2,491,776.00  
Igual: Proporción que le corresponde de los rendimientos del ejercicio 22.94 % 27.52 % 100.00 %

Rendimientos del ejercicio a pagar

Socio Rendimientos del ejercicio a repartir (A) Proporción que le corresponde de los rendimientos del ejercicio (B) Rendimientos del ejercicio a pagar (A por B)
Martha González Martínez $2,083,861.68 8.26 % $172,126.97
Raúl Castillo Roa 2,083,861.68 11.47 % 239,018.93
Mauricio López Pérez 2,083,861.68 13.30 % 277,153.60
Ignacio Sánchez Márquez 2,083,861.68 16.51 % 344,045.56
Arturo Pacheco Aguilar 2,083,861.68 22.94 % 478,037.87
Pedro Pasantes Castillo $2,083,861.68 27.52 % 573,478.73
Total     $2,083,861.66

ISR del ejercicio

La utilidad gravable del ejercicio por los rendimientos generados se obtiene disminuyendo de los ingresos efectivamente cobrados, las deducciones autorizadas efectivamente pagadas, a saber:

Utilidad gravable del ejercicio

  Concepto Importe
  Ingresos acumulables $10,942,345.25
Menos: Deducciones autorizadas 4,957,638.71
Igual: Utilidad gravable del ejercicio $5,984,706.54

Esta utilidad será el saldo inicial que conformará la cuenta de utilidad gravable, misma que será la base para determinar el ISR del ejercicio, para lo que se repartirá a cada socio en la proporción que le corresponden los rendimientos y al resultado se le aplicará la tarifa anual del ISR (art. 194, fracc. II, LISR).

ISR conforme a la tarifa del artículo 152 de la LISR

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo
  Utilidad gravable del ejercicio $5,984,706.54 $5,984,706.54 $5,984,706.54 $5,984,706.54 $5,984,706.54 $5,984,706.54
Por: Por ciento acordado para cada socio 8.26 % 11.47 % 13.30 % 16.51 % 22.94 % 27.52 %
Igual: Utilidad gravable por socio 494,336.76 686,445.84 795,965.97 988,075.05 1,372,891.68 1,646,991.24
Menos: Límite inferior 392,841.97 392,841.97 750,000.01 750,000.01 1,000,000.01 1,000,000.01
Igual: Excedente del límite inferior 101,494.79 293,603.87 45,965.96 238,075.04 372,891.67 646,991.23
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 30.00 % 30.00 % 32.00 % 32.00 % 34.00 % 34.00 %
Igual: Impuesto marginal 30,448.44 88,081.16 14,709.11 76,184.01 126,783.17 219,977.02
Más: Cuota fija 73,703.41 73,703.41 180,850.82 180,850.82 260,850.81 260,850.81
Igual: ISR conforme a la tarifa del artículo 152 de la LISR $104,151.85 $161,784.57 $195,559.93 $257,034.83 $387,633.98 $480,827.83

La suma de estos montos del ISR a cargo anual por socio es de $1,586,992.99, que representan el total del impuesto a cargo de los rendimientos del ejercicio de $5,984,706.54.

No obstante, como en este ejemplo no se reparte el total de dichos rendimientos, la sociedad opta por diferir el impuesto correspondiente a la parte no distribuida hasta el momento en que se paguen o al cumplirse dos años desde su determinación, lo que suceda primero.

Así, solo se pagará el ISR por la parte de los rendimientos pagados como sigue:

Proporción de utilidad gravada pagada

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo Total
  Rendimientos del ejercicio a pagar $172,126.97 $239,018.93 $277,153.60 $344,045.56 $478,037.87 $573,478.73 $2,083,861.66
Entre: Utilidad gravable por socio $494,336.76 $686,445.84 $795,965.97 $988,075.05 $1,372,891.68 $1,646,991.24 $5,984,706.54
Igual: Proporción de utilidad gravada pagada 0.3482 0.3482 0.3482 0.3482 0.3482 0.3482  

ISR  a pagar por la SCP

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo Total
  ISR conforme a la tarifa del artículo 152 de la LISR $104,151.85 $161,784.57 $195,559.93 $257,034.83 $387,633.98 $480,827.83 $1,586,992.99
Por: Proporción de utilidad gravada pagada 0.3482 0.3482 0.3482 0.3482 0.3482 0.3482  
Igual: ISR a pagar por la SCP $36,265.67 $56,333.39 $68,093.97 $89,499.53 $134,974.15 $167,424.25 $552,590.96

ISR a diferir

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo Total
  ISR conforme a la tarifa del artículo 152 de la LISR $104,152.20 $161,784.92 $195,560.28 $257,035.18 $387,634.33 $480,828.18 $1,586,995.08
Menos: ISR a pagar por la SCP 36,265.67 56,333.39 68,093.97 89,499.53 134,974.15 167,424.25 552,590.96
Igual: ISR a diferir $67,886.53 $105,451.53 $127,466.31 $167,535.65 $252,660.18 $313,403.93 $1,034,404.12

ISR a cargo de los socios

Los ingresos acumulables de los socios serán la suma de:

  • los anticipos de los rendimientos pagados
  • la previsión social gravada, y
  • los rendimientos del ejercicio pagados

Al resultado se podrán disminuir las deducciones personales con que cuente cada uno de ellos, con lo que se obtendrá la base gravable a la que se le aplicará la tarifa anual del ISR (art. 151, LISR).

ISR a cargo del ejercicio

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo
  Anticipos de rendimientos pagados $162,000.00 $225,000.00 $261,000.00 $324,000.00 $450,000.00 $540,000.00
Más: Prestaciones de previsión social gravadas 17,094.96 34,122.96 43,842.96 60,834.96 94,854.96 119,154.96
Más: Rendimientos pagados 172,126.97 239,018.93 277,153.60 344,045.56 478,037.87 573,478.73
Igual: Base gravable 351,221.93 498,141.89 581,996.56 728,880.52 1,022,892.83 1,232,633.69
Menos: Deducciones personales (1) 15,648.00 11,654.00 25,401.00 16,486.00 19,846.00 22,487.00
Igual: Base gravable 335,573.93 486,487.89 556,595.56 712,394.52 1,003,046.83 1,210,146.69
Menos: Límite inferior 249,243.49 392,841.97 392,841.97 392,841.97 1,000,000.01 1,000,000.01
Igual: Excedente del límite inferior 86,330.44 93,645.92 163,753.59 319,552.55 3,046.82 210,146.68
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 23.52 % 30.00 % 30.00 % 30.00 % 34.00 % 34.00 %
Igual: Impuesto marginal 20,304.92 28,093.78 49,126.08 95,865.77 1,035.92 71,449.87
Más: Cuota fija 39,929.05 73,703.41 73,703.41 73,703.41 260,850.81 260,850.81
Igual: ISR a cargo del ejercicio $60,233.97 $101,797.19 $122,829.49 $169,569.18 $261,886.73 $332,300.68

Nota:(1) Importe manifestado por cada uno de los socios

Contra el ISR de ejercicio a cargo, podrán acreditar las retenciones efectuadas durante el ejercicio por los anticipos y el ISR pagado por la SCP por el pago de los rendimientos. 

  Concepto Martha González Martínez Raúl Castillo Roa Mauricio López Pérez Ignacio Sánchez Márquez Arturo Pacheco Aguilar Pedro Pasantes Castillo
  ISR a cargo del ejercicio $60,233.97 $101,797.19 $122,829.49 $169,569.18 $261,886.73 $332,300.68
Menos: ISR retenido por anticipos de rendimientos 24,945.24 42,252.72 53,006.04 71,820.12 119,307.24 153,597.24
Menos: ISR pagado por la SCP 36,265.67 56,333.39 68,093.97 89,499.53 134,974.15 167,424.25
Igual: ISR a pagar (favor) de cada socio ($976.94) $3,211.08 $1,729.48 $8,249.53 $7,605.34 $11,279.19

Conclusión

El régimen opcional de tributación para las SCP presenta diversos beneficios como no efectuar pagos provisionales del ISR, no calcular el ajuste anual por inflación, etc., por lo que se recomienda que si

actualmente está inscrito en el RFC en el Título II de la LISR, analice los beneficios que le traería cambiarse al Título VII, Capítulo VII de la LISR.