VIE 09/05
TDC 19.5642
JUE 10/04
INPC 139.6200
MAR 01/04
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Conoce los aspectos tributarios principales: estímulos, tasa de interés y recargos
El 15 de noviembre de 2016 en el DOF se publicó la LIF 2017, en general se da continuidad al esquema previsto en 2016, sin embargo, conviene puntualizar lo más relevante.
Estímulos | Se destacan los siguientes, que:
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Estímulo para el RIF | Los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal (RIF) con ingresos de 300 mil pesos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, durante cada uno de los años en los cuales permanezcan en el esquema, y no excedan dicho monto, podrán aplicar la reducción del 100 % del IVA e IESPS (art. 23, fracc. II, inciso a) |
Recargos | La tasa de 0.75 % mensual sobre los saldos insolutos, 1 %, 1.25 % y 1.5 % tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12, 24 o más meses, respectivamente (art. 8) |
Intereses | La tasa de retención por pago de intereses sobre el monto del capital será del 0.58 % (arts. 21, en relación con el 54 y 135, LISR) |
Gasolina y diesel | Durante 2017 y 2018 los precios al público se determinarán bajo condiciones de mercado tomando en cuenta la opinión que emita la Comisión Federal de Competencia Económica emitirá los acuerdos o el cronograma de flexibilización para que durante esos años los precios al público se determinen a valor de mercado (art. décimo segundo, transitorio LIF 2017). En vigor a partir del 16 de noviembre de 2016 (art. único transitorio, fracc. I) |
Vigencia
A partir del 1o. de enero de 2017 (art. único transitorio).