Beneficios fiscales para asalariados en la anual 2016

Obtienes ingresos exclusivamente por salarios, conoce las facilidades que te concede el anteproyecto del primer ajuste de la RMISC para tu declaración anual

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 .  (Foto: iStock)

Por Berenice Chávez

Una de las obligaciones próxima a cumplir, es la presentación de tu declaración anual 2016 como contribuyente persona física.

Si tributas en el régimen de salarios, en lo que pretende ser la Primera Resolución de modificaciones a la RMISC 2017, te confiere para tu declaración 2016, las siguientes dádivas: 

  • si obtienes saldo a favor, podrás solicitarlo en devolución automática: si envías tu declaración con la e.firma o la e.firma portable, a partir de un importe mayor de 50 mil pesos.
  • podrás utilizar la Contraseña al presentar tu declaración del ejercicio, si el importe de saldo a favor no excede de 50 mil pesos, siempre que  selecciones una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos (CLABE), la cual deberá estar a tu nombre como contribuyente titular, de las precargadas por la autoridad fiscal en el aplicativo para presentar la declaración anual.

De no seleccionar alguna o capturar una distinta de las precargadas, deberá presentar la citada declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable (regla 2.3.2., RMISC 2017)

  • quedas relevado de presentar tu declaración anual del ISR, siempre que te ubiques en los siguientes supuestos, hubieses:
    • obtenido ingresos exclusivamente por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado de un solo empleador
    • obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos en el año y provengan de instituciones que componen el sistema financiero, y
    • el empleador hubiese emitido el CFDI por concepto de nómina respecto de la totalidad de los ingresos por salarios

No obstante, si lo deseas podrás presentar tu declaración anual del ISR  2016

Esta facilidad no te resulta aplicable si:

    • percibiste ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral, y
    • si eres obligado a informar sobre préstamos, donativos y premios, cuyo monto sea superior a 600 mil pesos (regla 3.17.2., RMISC 2017), y
  • podrás presentar tu  declaración anual, vía telefónica, siempre que tus ingresos sean exclusivos de salarios, de un solo patrón y cuentes con un máximo de 25 CFDI´s de deducciones personales, para lo cual realizarás el siguiente proceso:
    • marcarás al número de orientación telefónica MarcaSAT 627 22 728 desde la Ciudad de México o 01 (55) 627 22 728 del resto del país
    • acreditarás tu identidad ante la autoridad fiscal contestando correctamente las preguntas que se les formulen sobre la validación de sus datos
    • en el aplicativo para presentar la declaración anual, debe existir información precargada por la autoridad relacionada con tus ingresos, deducciones personales, cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos (CLABE) a tu nombre y que el importe del saldo a favor sea igual o menor a 10 mil pesos, y
    • obtendrás, a través del correo electrónico registrado en las bases de datos del SAT, durante el día hábil siguiente, tu acuse de recepción de la declaración con saldo a favor, o el acuse con la línea de captura en caso de impuesto a cargo