Hasta 2009 se realizaron modificaciones fiscales con el Estímulo para Proyectos en Investigación y Desarrollo Tecnológico previsto en el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) el cual equivale a los 30% de los gastos e inversiones aplicados en el ejercicio de este contra el ISR causado al año que se determine.
Cabe señalar que estos solo son dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción, que representen un avance científico o tecnológico y cumplan con las reglas del Comité Interinstitucional.
Por ello, te invitamos a conocer la operación de este incentivo.