Si requieres realizar un trámite vehicular en esta entidad, observa las reglas que debes seguir para llevarlo a cabo
Por Berenice Chávez
Recientemente la Secretaría de Finanzas del Estado de México (EDOMEX) publicó en la Gaceta de gobierno del pasado 17 de marzo las "Reglas de carácter general para trámites de control vehicular".
En estas reglas puedes conocer el procedimiento a seguir desde 18 de marzo de 2017 en cada uno de los siguientes trámites:
Trámite general de | Tipo de trámite | Sujetos que pueden llevarlo a cabo |
Control vehicular por medios electrónicos |
| Persona morales o institución públicas y cuenten con un padrón vehicular de 100 o más vehículos, podrán previa autorización, realizar los trámites de flotilla de forma electrónica |
Suministro de placas para vehículos en demostración y traslado |
| Fabricantes, ensambladores, distribuidores o comerciantes de vehículos automotores nuevos, que tengan su domicilio fiscal dentro del territorio del EDOMEX y requieran placas para vehículos en demostración y traslado |
Trámites realizados de forma presencial |
| Personas físicas, jurídicas colectivas incluidas las asociaciones en participación e instituciones públicas de carácter federal, estatal o municipal, que realicen trámites de control vehicular, en el que por su naturaleza se requiere acudir de manera personal ante la autoridad correspondiente |
Estas reglas abrogaron las publicadas el 26 de enero de 2015.
Finalmente por necesidades del servicio y simplificación administrativa, la autoridad fiscal competente podrá emitir criterios normativos o lineamientos operativos para hacer eficiente la aplicación de las presentes reglas.