1395 CONTRATO LEY DE INDUSTRIA DE TRANSFORMACIÓN DEL HULE EN PRODUCTOS MANUFACTURADOS

1395 CONTRATO LEY DE INDUSTRIA DE TRANSFORMACIÓN DEL HULE EN PRODUCTOS MANUFACTURADOS

CONTRATO LEY DE INDUSTRIA DE TRANSFORMACIÓN DEL HULE EN PRODUCTOS MANUFACTURADOS

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer el texto íntegro del citado documento, destacando el porcentaje de incremento a los trabajadores afectos a este ramo de la industria.

Salario
Las partes convienen un 5.25% de aumento a los salarios actuales, a destajo, a salario fijo por día y por minuto de especificación o de cualquier otra índole a partir del primer minuto del día 13 de febrero de 2011.

Vigencia: A partir del 13 de febrero de 2011 al 12 de febrero de 2013.

Fuente: Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados (DOF, STPS, 7 de marzo de 2011).

Representantes en materia de Comisión de ayuda alimentaria
La STPS dio a conocer las bases para designar a los representantes de los trabajadores y patrones ante la Comisión Tripartita referidos en el artículo 15 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores.

Bases
Los representantes propietarios y suplentes de los trabajadores ante la Comisión Tripartita (uno por cada confederación), serán designados a propuesta de las Confederaciones:

  • de Trabajadores de México (CTM)
  • Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), y
  • Regional Obrera Mexicana (CROM)

Los representantes patronales propietarios y suplentes (uno por cada organización empresarial), serán designados por las Confederaciones:

  •  Patronal de la República Mexicana (Coparmex) 
  •  de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), y
  •  de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN)

Las organizaciones de trabajadores y de patrones deben comunicar a la STPS, sus propuestas de designación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor este Acuerdo, es decir, hasta el 15 de marzo.La designación de los representantes debe recaer en personas que ocupen cargos de dirección dentro de las organizaciones respectivas y cuenten con conocimientos en los trabajos de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Vigencia: A partir del 8 de marzo de 2011.

Fuente: Acuerdo que establece las bases para designar a los representantes de los trabajadores y de los patrones ante la Comisión Tripartita a que se refiere el artículo 15 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores (DOF, STPS, 7 de marzo de 2011).

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