Se publicó en el DOF del 11 de enero de 2021, el Decreto por el cual por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la LFT, en materia de Teletrabajo.
Dicho decreto entra en vigor el próximo 12 de enero, y lo que contempla es lo siguiente:
- define que teletrabajador es quien presta su servicio personal, remunerado y subordinado, en un lugar distinto a la instalación de la empresa o centro de trabajo del patrón, y utiliza las tecnologías de la información y la comunicación. Cuando el 40 % de cumplimiento de la labor sea fuera del centro de trabajo será considerado como teletrabajo
- precisa condiciones generales de trabajo especiales para la modalidad de teletrabajo, adicionales a las señaladas en el artículo 25 de la LFT, las cuales deben constar por escrito
- se especifica que las disposiciones de teletrabajo deben estar consideradas en el contrato colectivo de trabajo (CCT), y se debe garantizar que los teletrabajadores gocen de libertad sindical y negociación colectiva. En caso de que no existir CCT, las disposiciones del teletrabajo deberán incluirse en el reglamento interior de trabajo
- se incorporan como deberes especiales para los patrones: suministrar los medios, recursos y herramientas necesarias para cumplir con el trabajo, los cuales incluyen, entre otros, asumir gastos derivados de la jornada laboral; el respeto al derecho a la desconexión, e implementación de mecanismos y capacitación adecuada para el uso de las TIC
- señala entre las obligaciones especiales de los teletrabajadores: el cuidado, la guarda y la conservación de los insumos proporcionados para realizar sus labores; el respeto a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo; y la protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades
- indica que es preciso el consentimiento de los trabajadores de cambiar de la modalidad de presencial a teletrabajo, y el derecho a la reversibilidad
- incorpora que el empleador deberá promover el equilibrio en las relaciones laborales, así como observar la vida personal con la jornada laboral con perspectiva de género; y garantizar el derecho a la intimidad de los colaboradores, respetando sus datos personales y acotando las circunstancias bajo las cuales se podrán utilizar cámaras de video y micrófono
- la STPS cuanta con 18 meses para elaborar una Norma Oficial Mexicana relativa a las condiciones especiales de salud y seguridad que se desarrollen en la modalidad de teletrabajo, y
- señala las atribuciones y deberes especiales de los inspectores del trabajo a efectos de revisar el debido cumplimiento de las obligaciones especiales derivadas del teletrabajo