3076 Se aprueban los lineamientos para la conciliación ante el Cefecorel

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) dio a conocer en el DOF del 17 de febrero, el extracto del Acuerdo por el cual se aprobaron los lineamientos para el procedimiento de conciliación prejudicial individual.

  La versión completa del Acuerdo está disponible en los siguientes enlaces:

Los lineamientos tienen como objetivo determinar las bases, los criterios y las condiciones a observar por las personas conciliadoras de las oficinas estatales que integran el Cefecorel, al intervenir en los procedimientos de conciliación prejudicial individual, referentes a:

  • requisitos de la solicitud de conciliación prejudicial, ya sea presencial o vía electrónica
  • verificación de la competencia, y en su caso, remisión de la solicitud al centro laboral competente vía electrónica dentro de las 24 horas siguientes de recibida la solicitud, haciéndolo del conocimiento de la persona interesada (art. 527, LFT)
  • análisis de las excepciones de la solicitud, cuando se trate de conflictos donde medie discriminación, designación de beneficiarios, conflictos en materia de seguridad social, libertad sindical, trabajo forzoso, trabajo infantil, titularidad de contratos e impugnación de estatutos sindicales (art. 685 Ter, LFT)
  • formalidades de las notificaciones y del desahogo de la audiencia de conciliación
  • celebración y cumplimiento de convenios conciliatorios
  • puntualizar que la duración del procedimiento prejudicial no debe exceder de 45 días
  • las obligaciones y facultades de los conciliadores, así como la manera en qué deben dirigirse a las personas durante el procedimiento prejudicial
  • cómo se llevarán a cabo los procesos de conciliación prejudicial itinerante; es decir, aquellos que se realizarán temporalmente en sedes alternas del Cefecorel, y
  • funcionamiento del Sistema Nacional de Conciliación Laboral (SINACOL), que es la plataforma electrónica de seguimiento de los procesos de conciliación individual