3091 Lineamientos para autorizaciones temporales de insumos para la salud

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Salud publicó en el DOF del 19 de marzo de 2021 el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la emisión de autorizaciones temporales de insumos para la salud, para establecimientos de atención médica y la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (Covid-19)”.

El acuerdo tiene por objeto establecer los Lineamientos que seguirá la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para la emisión de autorizaciones temporales de insumos para la salud, para establecimientos de atención médica y la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación de insumos para la salud que coadyuven a la eliminación de la enfermedad generada por Covid-19.

En este instrumento se contempla, entre otras acciones, agilizar la atención de las solicitudes y la resolución de los trámites relacionados con los referidos establecimientos y certificaciones; esto es, las solicitudes se resolverán en un término no mayor a 10 días hábiles, contado a partir de la recepción y generación del comprobante correspondiente a través del Centro Integral de Servicios de la Cofepris.

Tómese en cuenta que entre ellas está, para la obtención de la autorización temporal de producción y/o importación y comercialización de medicamentos que contribuyan a la erradicación de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Las autorizaciones que se expidan serán de carácter temporal, en tanto sea evaluado y revisado el cumplimiento de todos los requisitos correspondientes al trámite de autorización, establecido en el “Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria”, publicado en el DOF el 28 de enero de 2011 y sus modificaciones posteriores, el cual deberá realizarse en un plazo no mayor a dos años contados a partir de la presentación del trámite de autorización temporal.

Con ello se permitirá proveer de medicamentos e insumos para la salud, tales como las vacunas, prioritarios para dar atención a la emergencia sanitaria en México por Covid-19.