La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 29 de enero de 2024 las siguientes resoluciones antidumping y antisubvención:
- Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antisubvención sobre las importaciones de clorhidrato de metformina originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia, en la que se:
- acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antisubvención sobre las importaciones dicho producto que ingresa al país, a través de la fracción arancelaria 2925.29.99 o por cualquier otra
- fijan como periodos de investigación y de análisis de daño los comprendidos del 1o. de julio de 2022 al 30 de junio de 2023, y del 1o. de julio de 2020 al 30 de junio de 2023, respectivamente, y
- establece que la SE podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales
- Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster resina originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, en la que se:
- acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de tal producto que ingresa a territorio nacional a través de las fracciones arancelarias 3907.61.01 y 3907.69.99 o por cualquier otra
- fijan como periodos investigado y de análisis los comprendidos del 1o. de julio de 2022 al 30 de junio de 2023; y del 1o. de julio de 2020 al 30 de junio de 2023, respectivamente
- señala que la SE podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se impongan sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, que en su caso se determinen
Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier interesado en el resultado de estas investigaciones, contarán con un plazo de 23 días hábiles –en los términos establecidos al efecto– para acreditar su interés jurídico; y presentar la respuesta a los formularios oficiales, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes
El formulario podrá obtenerse:
- en esta página de internet
- a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, o
- en el domicilio de la SE (Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, código postal 06140, en la CDMX)
La presentación de la información podrá llevarse a cabo en forma física en el domicilio citado de la SE; o vía electrónica, en la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx.
Ambas resoluciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.