3657 Resoluciones antidumping y antisubvención

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 29 de enero de 2024 las siguientes resoluciones antidumping y antisubvención:

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier interesado en el resultado de estas investigaciones, contarán con un plazo de 23 días hábiles –en los términos establecidos al efecto– para acreditar su interés jurídico; y presentar la respuesta a los formularios oficiales, los argumentos y las pruebas que consideren convenientes

El formulario podrá obtenerse:

  • en esta página de internet 
  • a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, o
  • en el domicilio de la SE (Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, código postal 06140, en la CDMX)

La presentación de la información podrá llevarse a cabo en forma física en el domicilio citado de la SE; o vía electrónica, en la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx.

Ambas resoluciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.