La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer en el DOF del 25 de marzo de 2024 las resoluciones preliminares de los procedimientos administrativos de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de:
- microalambre para soldar originarias de la República Popular China independientemente del país de procedencia, en la que resuelve que continúa este procedimiento administrativo de revisión de oficio sin modificar la cuota compensatoria de 0.57 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo a esta mercancía que ingresa través de las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01, o por cualquier otra, y
- ferromanganeso alto carbón originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, esta resuelve que continúa el procedimiento administrativo de la revisión de oficio de la cuota compensatoria sin modificar la cuota compensatoria de 21 %, a este producto que ingresa por las fracciones arancelarias 7202.11.01 y 9802.00.13, o por cualquier otra
En ambos casos se concede un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de estas resoluciones en el DOF, para que las partes interesadas acreditadas en el procedimiento de que se trate, de considerarlo conveniente, comparezcan ante la SE para presentar los argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes.
Este plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento si se presenta a través de la oficialía de partes ubicada en calle Pachuca No. 189, Col. Condesa, Planta Baja, C.P. 06140, Ciudad de México; o bien, a las 18:00 horas, si se presenta vía electrónica –a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx–.
Dichas resoluciones entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF.