3705, Cambios en medidas vs sustancias peligrosas en alimentos

Detalles de lo dado a conocer en el Diario oficial de la Federación por las autoridades competentes

Reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Se ha dado un paso significativo hacia la protección de los derechos de los ciudadanos al derogar una restricción que limitaba la presentación de quejas en el cumplimiento de sentencias. 

Esta modificación, publicada el 21 de mayo de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el Decreto por el que se deroga un párrafo del artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

La eliminación de esta limitación brinda a los afectados una mayor flexibilidad para asegurar el cumplimiento de las sentencias dictadas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Con esta medida, se fortalece el acceso a la justicia administrativa y se promueve un mayor respeto hacia las decisiones judiciales. Esta derogación entró en vigor inmediatamente después de su publicación en el DOF.

Se fortalece la seguridad alimentaria

El objetivo principal de estas reformas es prohibir el uso de sustancias peligrosas en la producción animal destinada al consumo humano.

El 21 de mayo de 2024 se publicó en el DOF, el Decreto, por el que se reforman los artículos 169, 171, 172, 173, 174 y 175 y, se adiciona un artículo 172 Bis de la Ley Federal de Sanidad Animal.

Las reformas tienen como objetivo principal prohibir el uso de sustancias peligrosas en la producción animal destinada al consumo humano. Además, se establece que las multas por incumplimiento de estas disposiciones se determinarán en unidades de medida y actualización (UMA), en concordancia con la desvinculación del salario mínimo.

Esta reforma representa un paso importante en la protección de la salud pública y el bienestar animal, así como en el fortalecimiento de la confianza del consumidor en la seguridad de los alimentos.

Modificación al Decreto Prosec

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 22 de mayo de 2024, edición vespertina, el “Decreto que reforma el diverso por el que se establecen distintos Programas de Promoción Sectorial”.

La reforma es para:

  • adicionar al artículo 4o., fracción XX, inciso a), las fracciones arancelarias 5402.33.01, 5402.46.91, 5402.47.91, 5402.52.03 y 5402.62.02, en las que se clasifican los distintos tipos de hilados de poliésteres, que son utilizados en la industria textil y de la confección, y

  • suprimir del artículo 5o., fracción XII (de la industria de manufacturas de caucho y plástico) la fracción arancelaria 3907.61.01 en la que se clasifica la resina PET Poli (Tereftalato de Etileno) con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g, la cual tenía una tasa Prosec de IGI de 9 %

Este decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, esto es, a partir del 23 de mayo de 2024.