Certificados Bursátiles de Capital

Los CCD’s son títulos fiduciarios a plazo determinado o determinable emitidos por fideicomisos con rendimientos variables e inciertos

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 .  (Foto: IDC online)

Los Certificados de Capital de Desarrollo (CCDs), presentes en el sistema mexicano desde el 2009, gracias a las reformas a las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras de Valores y otros Participantes del Mercado de Valores (“Circular Única de Emisoras”), publicadas en el DOF el 22 de julio de 2009, así como las reformas al Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., que entraron en vigor el 10 de agosto de 2009, son, en términos del Reglamento mencionado, títulos fiduciarios a plazo determinado o determinable emitidos por fideicomisos con rendimientos variables e inciertos y, parcial o totalmente vinculados a activos subyacentes fideicomitidos, cuyo propósito sea la inversión que permita el desarrollo de actividades o la realización de proyectos de sociedades o bien, la adquisición de títulos representativos de capital social de sociedades.

Los CCDs se clasifican según el tipo de inversión en:

  • A: dedicados a la inversión en títulos representativos de capital o la adquisición de bienes o derechos sobre flujos o proyectos de varias sociedades
  • B: dedicados a la inversión en títulos representativos de capital o a la adquisición de bienes o derechos sobre flujos o proyectos de una sociedad plenamente identificada

Los proyectos que se suelen financiar con éstos son de infraestructura, comunicaciones, energía, puertos y proyectos privados inmobiliarios.

Los CCDs conllevan el derecho de percibir dividendos para su titular, así como de reducir el capital y  amortizar las acciones representativas del capital social del fideicomitente, entre otros, derechos pagaderos con los recursos que integren el patrimonio del fideicomiso.

Estos instrumentos pueden ser libremente adquiridos por cualquier persona física o moral siempre que su régimen de inversión prevea expresamente este tipo de inversiones, sin embargo, al señalar el Reglamento que se necesita un mínimo de 20 inversionistas calificados, serán instituciones tales como Siefores, Fondos de Pensión Privados y Aseguradoras los inversionistas más comunes. Las emisoras de CCDs, son, en materia de gobierno corporativo, similares a las sociedades anónimas bursátiles, por lo que los derechos de los tenedores de CCDs son, como en aquéllas, flexibles.