NOM para la bolsa de plástico
Las bolsas se podrán regalar si cumplen con una NOM que a la fecha no ha sido publicada en la Gaceta del DF
Corporativo
La confusión generada por las reformas que entraron en vigor el 19 de agosto de este año respecto a las sanciones aplicables a quienes regalaran bolsas de plástico no biodegradables, y la implementación del cobro de aquéllas que no tuviesen dicha característica (con la consiguiente incertidumbre de cuánto debía cobrarse por tal objeto de empaque), sumado a la inconformidad de los productores de la industria referida, generó una nueva reforma a la Ley de Residuos Sólidos del DF, por lo que, en breve, se podrán regalar o vender siempre y cuando cumplan con la norma que emitirá la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal (SMA), siendo el Instituto de Verificación Administrativa la autoridad competente para cerciorarse de que este nuevo requisito se cumpla.
La mencionada reforma a la fecha no se ha publicado en la Gaceta Oficial del DF, y cuando suceda, el SMA contará con seis meses para emitir la norma aplicable para las bolsas. Por ello, aunque se hubiese aprobado la modificación de la Ley, la bolsa de plástico seguirá sujeta a las disposiciones vigentes, hasta que quede firme con la mencionada publicación y la norma producto de la autoridad señalada llegue a aclarar las especificaciones que deban tener para así regalarse sin violentar la ley.