Medidas compensatorias para datos personales
Si te resulta imposible poner el aviso de privacidad a disposición de cada titular de datos puedes utilizar estas medidas
Corporativo
Los responsables del tratamiento de datos personales podrán instrumentar, sin la autorización expresa del IFAI, las medidas compensatorias de comunicación masiva a las que refieren los artículos 18, último párrafo, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y 32, primer párrafo, de su Reglamento, de acuerdo con los criterios publicados en el DOF.
¿Qué son las medidas compensatorias?
Son mecanismos alternos para dar a conocer el aviso de privacidad a los titulares de los datos, a través de medios masivos de comunicación.
¿Cuándo procede su aplicación?
Su instrumentación es de manera excepcional cuando al responsable le resulta imposible poner a disposición de cada titular, de manera directa o personal, el aviso de privacidad, o ello exige esfuerzos desproporcionados.
¿Qué requisitos debe contener el aviso?
El aviso de privacidad divulgado a través de la medida compensatoria contendrá al menos:
- identidad y domicilio del responsable
- finalidades del tratamiento
- mecanismos que el responsable ofrece al titular para conocer el aviso de privacidad completo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley y su Reglamento
La divulgación de esta información no exime al responsable de la obligación de poner a disposición el aviso de privacidad, conforme a lo que establece el artículo 26 del Reglamento (art. undécimo de los Criterios).
¿Cuáles son los medios de publicación aceptados?
El responsable podrá publicar el citado aviso a través de (art. décimoquinto de los Criterios):
- diarios de circulación nacional, locales o revistas especializadas
- página de Internet del responsable
- hiperenlaces o hipervínculos situados en una página de Internet del IFAI
- carteles informativos
- cápsulas informativas radiofónicas
- otros medios alternos de comunicación masiva
Vigencia: En vigor desde el 19 de abril de 2012.
Fuente: Criterios Generales para la instrumentación de medidas compensatorias sin la autorización expresa del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI, DOF del 18 de abril de 2012).
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