Nuevos pautas para la retransmisión de tv

El IFT establece los criterios técnicos para la debida aplicación de la reforma constitucional de telecomunicaciones

 Reformas constitucionales en materia de telecomunicaciones  (Foto: Redacción)

Redacción

México (Notimex).- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó esta semana en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos generales sobre la retransmisión de señales de televisión, conocida como must offer y must carry, que entrarán en vigor el 14 de marzo próximo.

En un acuerdo, el organismo estableció los criterios técnicos para la debida aplicación de las obligaciones previstas en la Constitución para la retransmisión de las señales radiodifundidas en los sistemas de televisión restringida.

Así, los concesionarios de televisión radiodifundida deben permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.

Para los concesionarios de televisión restringida vía satélite, en particular, aclara que sólo deben retransmitir obligatoriamente las señales radiodifundidas de cobertura del 50% o más del territorio nacional, es decir, los canales con nombres comerciales Canal de las Estrellas, Canal 5, Azteca Siete y Azteca Trece.

A su vez, el IFT subraya que todos los concesionarios de televisión restringida deben retransmitir de manera obligatoria las señales radiodifundidas por instituciones públicas federales (UNAM, IPN, Televisión Metropolitana y el Organismo Promotor de Medios Audiovisuales) de manera gratuita y no discriminatoria.

Según el acuerdo, los concesionarios y permisionarios de televisión radiodifundida tienen la obligación de presentar ante el Instituto la información técnica, legal y programática de sus estaciones a más tardar el 30 de junio de cada año.

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