Dos años de prisión por lanzar objetos en estadios

Se privará de la libertad a quienes lancen objetos que pongan en riesgo la salud o integridad de las personas

Detención hecha por particulares
 Detención hecha por particulares  (Foto: Redacción)

La Cámara de Diputados aprobó con 317 votos a favor, 34 en contra y 17 abstenciones el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte, a fin de implementar sanciones a quienes ejerzan la violencia en eventos deportivos.

El dictamen establece que, considerando la gravedad de la conducta o reincidencia, se impondrá a los asistentes la expulsión inmediata de las instalaciones deportivas; amonestación privada o pública; multa de 10 a 90 veces el salario mínimo (de 672 a 6,056 pesos); reparación del daño causado, y suspensión del acceso a espectáculos deportivos por entre uno y cinco años.

 En un comunicado, la Cámara baja detalló que el espectador que lance “objetos contundentes”, que pongan en riesgo la salud o integridad de las personas, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cinco a treinta días multas (hasta 2,018 pesos).

La reforma, que aún requiere el aval del Senado, prevé que quien ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cause daños materiales será sancionado con seis meses a tres años de prisión, y de diez a cuarenta días multa (de 672 a 2,691 pesos).

Además, se sancionará con seis meses a cuatro años de prisión a quien participe activamente en riñas.

De igual forma, aquellos que inciten o generen violencia, causen daños materiales o introduzcan armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida, serán sancionados hasta con cuatro años de prisión.

Los diputados también dispusieron la creación de un padrón de personas sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos.