Cambia término para presentar aviso de funcionamiento

Ahora los establecimientos deberán realizar el trámite treinta días antes de iniciar operaciones

Secretaría de Economía y PYMES
 Secretaría de Economía y PYMES  (Foto: Redacción)

El término para que los establecimientos mercantiles presenten ante la Secretaría de Salud el aviso de funcionamiento será de treinta días, anteriores al inicio de operaciones, de acuerdo con una reforma a los artículos 47 y 200 bis de la Ley General de Salud publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Antes de estos cambios, los establecimientos que no requieren autorización sanitaria debían entregar el aviso a más tardar diez días después de iniciadas sus operaciones.

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El objetivo de esta reforma es proporcionar a la autoridad más tiempo para que realice las revisiones respectivas a los establecimientos mercantiles, mejorando con ello la prevención de riesgos sanitarios. Esta reforma entra en vigor el miércoles 4 de junio.