Ley del consumidor viola constitución: SCJN

La SCJN aseguró que el artículo 44 de dicho precepto no respeta la libertad de expresión

La SCJN analizará si un artículo del CCDF es discriminatorio
 La SCJN analizará si un artículo del CCDF es discriminatorio  (Foto: Redacción)

México (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional el segundo párrafo del artículo 44 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, pues contraviene el derecho a la libertad de expresión.

La Corte sostuvo que dicho precepto establece que los resultados de las investigaciones, encuestas y monitoreos, publicados por Profeco, no podrán ser utilizados por las empresas o proveedores con fines publicitarios o comerciales, aun cuando dichos resultados no sean difundidos de manera distorsionada.

Con base en dicho artículo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) multó a la empresa La Costeña, ya que reprodujo en su página de Internet los resultados de un estudio de calidad de purés de tomate, publicado anteriormente en la Revista del Consumidor.

Por ello, la Primera Sala determinó que el discurso comercial se encuentra protegido por la libertad de expresión, y la difusión de los estudios de calidad de Profeco ayuda a que el consumidor tome decisiones informadas, por lo que no se justifica su prohibición.

Ello al resolver en la sesión de este día el amparo directo en revisión 1434/2013, bajo la ponencia del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.