Autotransporte más seguro

Los lineamientos de una nueva norma deben cumplirse a partir del próximo 19 de mayo

 Ante la alarmante situación del robo al autotransporte, se reformará la ley para castigar este delito como grave  (Foto: Redacción)

Redacción

La Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT) expidió la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2014 que establece las especificaciones físicas y mecánicas que deben tener los vehículos, a fin de que puedan circular con seguridad en las carreteras del país.

Los lineamientos de la norma, que deben cumplirse a partir del próximo 19 de mayo, rigen para los prestadores de servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga, auxiliares y transporte privado, en vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

En la NOM-068-SCT-2-2014 se establecen las condiciones de seguridad físico-mecánicas que deben observar lo sistemas y componentes, de los vehículos que transiten en las vías generales (caminos y puentes) de jurisdicción federal.

Algunos de los sistemas y componentes mecánicos regulados serán los de: aceleración, controles del motor, combustible (gasolina y diesel), escape, eje de transmisión, embrague, soporte de motor, baleros, suspensión, amortiguadores, frenos, dirección, luces (faros, luces traseras y de frenado), carrocería y chasis, parabrisas, asientos y cinturones de seguridad.

Asimismo, esta norma también impone las condiciones para los aditamentos externos de los vehículos como: salpicaduras, placas de identificación, llantas y ruedas.

Todas las condiciones reseñadas serán dictaminadas por las unidades de verificación acreditadas y autorizadas por la SCT, y en el evento de ser aquellas aprobadas, se entregará una calcomanía  que registre la condición presentada. Esta revisión se hará de forma obligatoria una vez al año.

La SCT o la policía federal inspeccionarán a los vehículos unitarios, autobuses o camiones, para comprobar que cuenten con el dictamen de aprobación correspondiente, y de no tenerlo, la autoridad competente podrá limitar el tránsito en las carreteras de jurisdicción federal.

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