Con la Ley de gobierno electrónico los habitantes del DF realizarán más trámites por Internet
Por Aglaé Ordoñez
La Gaceta Oficial del DF de este 7 de octubre contiene el Decreto con el que se expide la Ley de Gobierno Electrónico del DF (LGEDF), la cual busca establecer y determinar las bases para el diseño, la regulación, la implementación, el desarrollo, la mejora y la consolidación del gobierno electrónico en el DF, a través del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicaciones.
Para facilitar el acceso de los ciudadanos a la información, trámites y servicios que brindan los órganos de la administración pública, estos deberán:
- desarrollar trámites y servicios digitales integrados y la automatización de procesos, priorizando por niveles de criticidad, y facilitar su resolución y atención por los mismos instrumentos
- promover los esquemas de pago de derechos de trámites y servicios por medios digitales
- privilegiar el uso de la firma electrónica avanzada y otros mecanismos de validación de firma digital legalmente reconocidos, para dar certeza y seguridad en las gestiones y servicios digitales, de acuerdo con la legislación aplicable en la materia
- facilitar a los ciudadanos la solicitud de trámites y servicios que tengan bajo su responsabilidad; conocerlos, substanciarlos o resolverlos, con la información que se encuentre registrada y actualizada en el Padrón de Usuarios Acreditados de la Ciudad de México (sistema informático estandarizado integrado por la información y documentación de los usuarios, con el objeto de simplificar la gestión de trámites y servicios)
Así, los ciudadanos podrán relacionase a través de medios y canales de comunicación electrónicos, y gestionarán por vía electrónica todo tipo de solicitudes, escritos, recursos, reclamaciones y quejas.
Asimismo, la administración pública contará con un Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México, como un sistema institucional en el que se inscriban, validen y difundan los trámites y servicios que norman, aplican, operan o resuelven todos sus integrantes.
El decreto reseñado estará en vigor a partir del 8 de octubre de 2015. No obstante, los miembros de la administración pública tienen un plazo que no excederá a 180 días naturales para actualizar sus disposiciones administrativas de conformidad con las disposiciones de la LGEDF.
Por su parte, el jefe de gobierno contará con un lapso no mayor a 180 días para emitir el reglamento de la LGEDF.