Vamos a comprar una marca a un proveedor, pero no sabemos si está registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). En el evento de que no lo esté, ¿existiría alguna inconveniencia?
El primer punto a revisar es si está o no inscrita ante el IMPI, mediante una búsqueda física o por Internet en esta página. De no estarlo tendrían que realizar el trámite respectivo, quedando ustedes como sus titulares y propietarios, y por ende, tendrían el derecho exclusivo para su uso. En este supuesto estarían comprando como tal la marca.
No obstante, si su proveedor realizó la inscripción, como titular de la marca, puede concederles licencia de uso, en relación con todos los productos que tenga registrados. A diferencia del supuesto anterior, lo que adquirirán será solo el uso de la misma.
Para ello deberán celebrar un contrato y la licencia será inscrita en el IMPI para que surta efectos contra terceros.
En la inscripción de la licencia es menester indicar:
- el nombre, denominación o razón social, nacionalidad y domicilio de ambas partes
- la vigencia del convenio, incluso si existen estipulaciones especiales sobre el ejercicio de las acciones legales de protección del derecho sobre la marca
- los productos o servicios que abarque
Lo más relevante al elaborar el convenio para otorgar la licencia de uso es delimitar claramente las obligaciones de cada una de las partes, al igual las causales de rescisión. Un contrato claro y previsor será la clave para evitar el acudir a algún órgano jurisdiccional a dilucidar una posible controversia.