Empresas mexicanas están obligadas a calcular sus emisiones de CO2 por lo que respecta a 2015 y reportar el dato antes del 30 de junio de 2016; sin embargo, el panorama demuestra que algunas de ellas no han iniciado este cálculo e incluso desconocen la ley que lo estipula, así como sus alcances, analizó Jesús González, Socio Líder de Asesoría en Desarrollo Sostenible de KPMG en México.
La legislación relativa a la Ley General de Cambio Climático (LGCC) en materia del Registro Nacional de Emisiones (RENE) y su reglamento son comprendidos solo por el 23% de las organizaciones, mientras que, el 50% no tiene conocimiento del nuevo régimen ni está al tanto de sus efectos.
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“Las grandes organizaciones en México y el mundo generan inventarios de CO2 (…). Su inversión y análisis se produjeron mucho antes de que la Ley fuera elaborada, porque representaba una oportunidad de negocio y de mejora de su reputación”, explicó González a través de un artículo de opinión de la red global de firmas de consultoría.
En materia de identificación e inventario de emisiones de carbono, los resultados de la encuesta "Desarrollo Sostenible en México 4.0" realizada por KPMG, mostraron que 6 de cada 10 empresas no cuentan con un inventario de CO2 o GEI, lo que resulta preocupante por la obligatoriedad.
La LGCC es obligatoria para las empresas mexicanas que emitan en su actividad más de 25,000 toneladas de CO2. Estas empresas deben generar un inventario de CO2 (GEI) y reportarlo sobre bases anuales.