Qué pasará con el análisis de convencionalidad

La Segunda Sala de la SCJN atrajo un amparo sobre facultad de jueces y posible estudio de las reglas de importación de vehículos usados

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 -  (Foto: Redacción)

Por Jesús Coronado

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, el pasado 22 de junio de 2016, ejercer su facultad de atracción que podría implicar el análisis y la interpretación de las consideraciones de un Juez de Distrito para realizar un estudio ex officio de control de convencionalidad para declarar la invalidez de las normas generales reclamadas.

Aunado a ello, en el supuesto de que se estudie el tema de fondo del asunto, se podrá resolver sobre las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados a territorio nacional, provenientes de los Estados Unidos.

En este caso se promovió un juicio de amparo en el que los actos reclamados consistieron en diversos acuerdos nacionales, los cuales según la quejosa, imponen prohibiciones y restricciones a lo establecido por el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, firmado por el Estado mexicano, en relación con la importación de vehículos usados provenientes de los países contratantes.

Al resolver, el Juez de Distrito calificó de inoperantes los referidos argumentos; sin embargo, determinó realizar un control de convencionalidad ex officio, al estimar que existían violaciones a los derechos económicos y sociales de la quejosa.

Por su parte, la Segunda Sala señaló en su resolución (solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 170/2016, bajo la Ponencia del Ministro Medina Mora) que el recurso de revisión contra la sentencia del juzgado de Distrito, versa sobre una cuestión jurídica de suma importancia, ya que con la resolución del mismo se fijaría un criterio normativo novedoso, en relación con el escrutinio que deberá llevar a cabo un juzgador cuando advierta de manera oficiosa que una norma contraviene algún derecho humano.

Así, la intervención del Alto Tribunal permitirá definir los criterios jurídicos que en lo subsecuente habrán de aplicar los tribunales del país (en especial los Jueces de Distrito), sobre el tema central mencionado, y todas las consecuencias jurídicas que lo rodean; además de que si se estudia el tema de fondo, se podrá resolver sobre las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados en nuestro territorio, provenientes de los Estados Unidos.