Banca por Internet ¿con valor probatorio?

Este tipo de transacción produce los mismos efectos que los documentos con firma autógrafa

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 .  (Foto: Getty)

El Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) fue desarrollado y es operado por el Banco de México (Banxico) para permitir al público en general realizar pagos o transferencias electrónicas a través de la banca por Internet o de la banca móvil. Con esta herramienta se dispone de efectivo entre cuentas de depósito casi de manera instantánea.

A pesar de que cada institución diseña su servicio de banca por Internet, existe un proceso común que indica que el día hábil bancario inicia desde las seis de la mañana y termina hasta las cinco y treinta de la tarde, no obstante el servicio está disponible las 24 horas y los 365 días del año.

Una vez que ha sido aclarada la naturaleza del SPEI, es obvio preguntarse cuál es el valor probatorio que debe darse a sus operaciones, dado que no existen comprobantes físicos, es decir, en papel, y todo se maneja en sistemas informáticos.

Al respecto, el criterio jurisprudencial de rubro: TRANSFERENCIA BANCARIA VÍA SPEI. SU VALOR PROBATORIO, disponible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro 16, Tomo III, p. 2546, Materia Civil, Tesis I.3o.C.162 C (10a.), Registro 2008633, marzo de 2015, desentraña que este tipo de transacción produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa y tienen el mismo valor probatorio.

En la tesis se señala que el SPEI utiliza tal complejidad, que los usuarios deben completar toda la información fidedigna que identifique ampliamente tanto a la parte que abona como a la que recibe, además de proporcionar un número de referencia de hasta siete dígitos, una clave de rastreo de hasta 30 posiciones alfanuméricas que sirve para ubicar el pago realizado, el monto del abono, además de la fecha y hora en que se realiza.

Toda la información mencionada se basa en mensajes firmados digitalmente mediante el uso de los certificados digitales y las claves de las personas autorizadas, ambas obtenidas según los parámetros de Banxico. En ese sentido, se afirma que estos pagos contienen el mismo tipo de firma electrónica que se utiliza en el pago de impuestos: Fiel, misma que ha sido reconocida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación |(SCJN) como aquella cuya finalidad es identificar al emisor de un mensaje como su autor legítimo, y que se equipara a la firma autógrafa, con lo que se garantiza la integridad del documento, por ende, con el valor de un documento privado.