Hasta 6 años de prisión por cobranza ilícita
Se aprobó una reforma que considera una pena de uno hasta seis años a quienes realicen cobranza extrajudicial ilícita
Corporativo
México (Notimex).- El senado aprobó una reforma que sanciona hasta con seis años de cárcel a los abogados, empresas y bufetes dedicados a la cobranza extrajudicial que hostigan y amenazan a los clientes de bancos, casas de préstamos, agencias de autos y tiendas de electrodomésticos.
La reforma al Código Penal Federal (CPF) fue turnada al ejecutivo federal para su publicación, misma que contempla una pena de uno a cuatro años de prisión y una multa de 50,000 a 300,000 pesos a quienes realicen la cobranza extrajudicial ilegal, misma que se podría aumentar a seis años si se utilizan documentos o sellos falsos.
En caso de que se incurra a la usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el CPF.
Cabe recordar que la modificación entiende por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia, el engaño, hostigamiento o intimidación ilícita de forma personal o por cualquier medio para requerir el pago de una deuda (créditos o financiamientos).
Sin embargo, la reforma no considera como intimidación informar las consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales contra el deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado, cuando éstas sean jurídicamente posibles.