¿No envío de reportes = a sanción?

Si es un centro cambiario y no cumplió con las obligaciones que habría que reportar al SAT será sujeto a una sanción

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 .  (Foto: IDC online)

Por la complejidad que representa el envío de reportes al SAT por las actividades que realizamos en el centro cambiario se decidió enviar únicamente los reportes de aquellas operaciones que efectivamente consideramos ?especiales?. ¿Habría repercusiones al respecto?

Sí, si la información no presentada son operaciones relevantes, inusuales o preocupantes, puesto que de acuerdo con las disposiciones trigésima tercera y trigésima cuarta de la Resolución, el SAT vigilará que los centros cambiarios incluyendo sus oficinas, sucursales, agencias, filiales y locales o establecimientos, tanto en territorio nacional como en el extranjero, cumplan con las obligaciones de informar, en sus políticas de identificación y conocimiento de sus clientes, y en los criterios, medidas y procedimientos que deben elaborar, de lo contrario impondrá las sanciones que correspondan por la falta de cumplimiento a las mencionadas obligaciones, en los términos señalados en la Ley, pudiendo solicitar la información o documentación necesarias para el desarrollo de sus facultades.

Para efectos de la imposición de sanciones, se considerará también como incumplimiento, aquellos casos en los que los centros cambiarios presenten información incompleta, ilegible o con errores, o bien, cuando el medio electrónico o cualquier otro, no cumpla con las especificaciones señaladas por la SHCP.

De igual manera, el artículo 95 Bis de la LGOAAC prescribe que la violación a las disposiciones a que se refiere ese artículo será sancionada por el SAT, con multa de hasta 100,000 días de salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, y se impondrán tanto a los centros cambiarios como a sus miembros del consejo de administración, administradores, directivos, funcionarios, empleados, factores y apoderados respectivos, así como a las personas físicas y morales que, en razón de sus actos, hubiesen ocasionado o intervenido para que dichas entidades financieras incurran en la irregularidad o resulten responsables de la misma.