Mobbing: acoso laboral

Identifique las características y los efectos de esta conducta negativa en las compañías

 .  (Foto: IDC online)

Redacción

El mobbing es un acoso psicológico brutal sistemático y sostenido durante grandes lapsos en el trabajo, en el cual encuadran diversos actos tales como:

  • gritos
  • insultos
  • humillaciones públicas
  • agresiones físicas
  • ocultamiento de información
  • exigencias laborales poco realistas,
  • magnificación de errores, y
  • remoción arbitraria de tareas, entre otras

De acuerdo con González las típicas víctimas del mobbing son los subordinados, cuyo desempeño puede considerarse como aceptable o excelente, razón por la cual son una amenaza para sus compañeros de tareas o sus propios jefes, pues tienden a opacar el desempeño de éstos últimos.

Diversos estudios llevados a cabo por especialistas, ponen en evidencia la ya de por sí deleznable conducta del mobbing, por ejemplo:

  • sólo 10% de las compañías reconocen que tienen problemas de esta naturaleza
  • 96% de los compañeros que tienen relación con la víctima conocen la problemática, pero sólo un 10% la denuncian
  • la violencia psicológica en promedio tiene una duración de 16 meses
  • 75% de las víctimas son mujeres, pero lamentablemente en el 84% de las ocasiones son damas las que agreden a su propio género, y
  • generalmente se protege al mal jefe y se despide a la víctima en el 42% de las ocasiones

Con independencia de lo anterior, las consecuencias que acarrea para las organizaciones la existencia del mobbing no es fácil de cuantificar, pero se puede observar en actitudes vinculadas al ausentismo, disminución de la productividad, abandono de trabajo, incremento en el consumo de antidepresivos, consultas con psicoterapeutas y en caso extremos intentos de suicidio.

Por todos estos inconvenientes, resultaría conveniente que dentro del paquete de reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que está en proceso de revisión y aprobación en el Congreso de la Unión, se incluya una relativa a prohibir esta conducta, tal y como se pretende hacer con el acoso sexual, el cual está considerado en la iniciativa presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) como causal de rescisión laboral tanto para los trabajadores como para los patrones.

 

Fuente: Revista Expansión, de abril del 2011

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