Los países miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) deben asegurar la promoción y protección efectiva de los derechos humanos de todos los empleados domésticos, de acuerdo con el Convenio C189, un instrumento dedicado a proteger a quienes realizan este tipo de actividades.
“El trabajo doméstico sigue siendo infravalorado e invisible”, además lo realizan principalmente las mujeres y las niñas, muchas de las cuales son migrantes o forman parte de comunidades desfavorecidas, quienes son “particularmente vulnerables a la discriminación”, expresa la OIT en el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos C189.
El colectivo internacional exhortó a sus miembros para que las políticas dedicadas a la protección de estos trabajadores incluyan aspectos como la libertad sindical y de asociación, así como la eliminación de la discriminación en materia de empleo. Los Estados también deben asegurarse de reconocer el derecho de negociación colectiva de los empleados domésticos.
De igual forma, añade la OIT, los gobiernos deberán establecer “mecanismos de queja y medios eficaces y accesibles para asegurar el cumplimiento de la legislación nacional relativa a la protección de los trabajadores domésticos”.
Incluso, el C189, que aún no ha sido ratificado por México, propone que “en la medida en que sea compatible” con las leyes de cada país, se deben especificar los supuestos en los que se podría “autorizar el acceso al domicilio del hogar, en el debido respeto a la privacidad”, a fin de verificar las condiciones en las que laboran los empleados domésticos.