Derechos humanos y las empresas

Dentro de los derechos humanos laborales figuran: obtener un empleo estable y digno; un salario suficiente y condiciones de labores decentes

 Los derechos laborales son los mismos para los nacionales como para los extranjeros  (Foto: Redacción)

Redacción

Los pasados 1o. y 2 de agosto la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), la Embajada de Suiza en México; Business Human Rights y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos convocaron al público en general al Foro Derechos Humanos y Empresas.

A decir del Coordinador General de Vinculación Estratégica de la CDHDF, Leonardo Mier Bueno, el evento tuvo como propósito concientizar a las personas sobre la vulneración de los derechos de los individuos por la acción u omisión de las organizaciones en un mundo cada vez más globalizado.

El foro contó con tres mesas de trabajo en las que se abordaron los siguientes aspectos:

  • la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos y la ley. Dentro de los derechos humanos laborales reconocidos internacionalmente están: obtener un empleo estable y digno; un salario suficiente; condiciones de labores dignas (horario, descansos y ambiente digno); libertad de asociación sindical; negociación y contratación colectiva y huelga. Se definieron como principios rectores para proteger y respetar los derechos humanos en las empresas:
    • el deber del Estado de proteger los derechos humanos
    • la responsabilidad empresarial de respetarlos, y
    • la necesidad de mejorar el acceso de las víctimas a los mecanismos de reparación

Dentro de las conclusiones de esta mesa de trabajo se enfatizó que estos principios por sí solos no sirven para poner fin a los problemas que plantea la cuestión de las empresas y los derechos humanos, pero sí marcan el fin del comienzo: la creación de una plataforma conjunta de acción a nivel mundial, como base para seguir avanzando paso a paso, sin excluir ninguna otra posibilidad prometedora a largo plazo

  • el deber estatal de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos contra abusos de empresas nacionales y transnacionales. Se destacó que el marco conceptual propuesto en los principios rectores de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en esta materia es la prevención y el favorecimiento de las soluciones no jurisdiccionales y/o amistosas, pero cuando esto no funciona, el rol del Estado, y por lo tanto de la justicia, es indelegable e inevitable.
    Paloma Muñoz del Instituto Danés de Derechos Humanos, destacó que el papel de las instituciones nacionales en relación con los derechos humanos y las empresas es brindar asesoría sobre la legislación y las políticas relevantes, así como participar en el diseño de estudios sobre la materia, y en la redacción e implementación de planes nacionales de acción, y
  • acciones de protección de los derechos en el ámbito empresarial y acceso de las víctimas a recursos efectivos, judiciales y no judiciales. Se resaltó la existencia de herramientas para la protección de las comunidades y los derechos humanos, además del Sistema Interamericano, como son las acciones judiciales, ambientales, soluciones políticas y negociadas, y otras vinculadas con quienes financian los proyectos empresariales.

Por su parte la representante para Latinoamérica y el Caribe del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos, Amanda Romero afirmó que uno de los retos del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas Sobre Empresas y Derechos Humanos es la posibilidad de recibir quejas y emitir las recomendaciones generales pertinentes

Finalmente en las conclusiones logradas en el evento destacan:

  • en la actualidad existen más de 80,000 empresas calificadas como transnacionales, pero de acuerdo con la lista del Business and Human Rights Resource Center’s solo 271 tienen políticas de derechos humanos
  • al igual que ocurre en el mundo, México debe evolucionar prontamente para que se adapte al cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho penal internacional
  • sobresalen tres obligaciones, en este terreno:
    • el deber del Estado de proteger los derechos humanos
    • la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos, y
    • la necesidad de mejorar el acceso de las víctimas a los mecanismos de reparación
  • no existe duda de que México tiene obligaciones que rebasan sus fronteras, pues forma parte de diversos instrumentos de derechos humanos y está comprometido a respetarlos y protegerlos, y
  • de acuerdo a los Principios Rectores de la ONU en materia de los derechos humanos laborales, las empresas tienen responsabilidades concentradas en el respeto a estas prerrogativas en el ámbito de sus actividades, y deben disponer de esquemas adecuados, así como tomar acciones para remediar cualquier violación de esos derechos en los que estén involucradas

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