Reglamento interior ¿depende de un sindicato?

La existencia y formalización de esa norma interna no está supeditada a que exista representación gremial

Revise el Reglamento de la Ley Registral para el DF
 Revise el Reglamento de la Ley Registral para el DF  (Foto: Redacción)

Las disposiciones de la LFT que regulan la creación y depósito del reglamento interior de trabajo ante las Juntas Federal o Local de Conciliación y Arbitraje, según sea el caso, no prevén que sea necesario contar con un sindicato dentro de la empresa para tales efectos (arts. 423 y 424, LFT).

En su caso la ley laboral establece en el artículo 424, fracción I que debe ser elaborado por una comisión mixta integrada por representantes de los trabajadores y del patrón sin precisar que los primeros participen a través de una organización sindical.

De igual forma el numeral 425 de la LFT tampoco dispone algún requisito de tal naturaleza para su presentación ante la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva.

Si estás interesado en elaborar en un reglamento interior de trabajo te recomendamos consultar el tema “Guía para elaborar un reglamento interior”.