Avalan convenio de edad laboral de menores
La SRE publicó la ratificación del acuerdo internacional relativo a la contratación de menores de edad
Laboral
Por Ángeles Paniagua
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dio a conocer el decreto por el que la Cámara de Senadores aprobó el Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo adoptado en Ginebra Suiza el 26 de junio de 1997.
Para México este hecho es trascendental porque con ello el país se encuentra obligado a desarrollar las políticas que ayuden a la erradicación del trabajo infantil, pues según el numeral 1 del Convenio 138 constriñe a los estados miembros a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.
No hay que olvidar que las recientes adecuaciones realizadas al marco normativo mexicano son congruentes con el citado convenio, tan es así que en materia de derechos de las niñas y niños existen estrategias tales como.
- creación de la Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida en México (CITI) y de las 32 Comisiones Locales en cada una de las entidades federativas
- participación de las organizaciones civiles, sindicales y de educación superior, en la instrumentación de acciones de sensibilización, concientización y de investigación sobre el tema
- reconocimiento a instituciones del sector público, privado y social que colaboran sustancialmente con la erradicación del trabajo infantil, a través de los Distintivos México sin Trabajo Infantil y Empresa Agrícola Libre de Trabajo Infantil
- generación de conciencia en toda la población respecto a la prestación de servicios de los infantes en las diversas ramas de la economía y principalmente en el campo y sus efectos negativos en las niñas, los niños y sus familias como para el país
- reforma al artículo 123, apartado A, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la cual se elevó de 14 a 15 años la edad mínima de admisión al empleo en México, lo cual contribuye a proteger el derecho a la educación y a disminuir la deserción escolar de la población adolescente