Riesgos psicosociales ¿sabes cómo prevenirlos?

La LFT y el RFSST prevén el cuidado de la integridad física y psicológica de los colaboradores

 La organización en el campo laboral  (Foto: Redacción)

Redacción

El tema de la productividad en las organizaciones las obliga a atender diversos aspectos relacionados con sus trabajadores pues en estos recae la misión de alcanzarla.

Así la LFT y el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST) prevén el cuidado de la integridad física y psicológica de los colaboradores, pues si sufren padecimientos profesionales se obstaculizan las potencialidades con las que realiza sus tareas.

Ante ello es necesario que el sector empresarial cuente con la orientación y los datos que le ayuden a colmar ese deber, sobre todo en temas novedosos como el de los factores de riesgo psicosociales del que existe poca información.

Es menester recordar que de conformidad con el RFSST los agentes de peligro en cita son los generadores de trastornos de ansiedad no orgánicos del ciclo sueño-vigilia, estrés grave y adaptación; causadas por las actividades desempeñadas por una persona, el tipo de jornada y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral, por el trabajo desarrollado (art. 3o., fracc. XVII, RFSST).

Para tales efectos las corporaciones tienen el deber de:

  • identificar:
    • los puestos de trabajo con riesgo psicosocial en atención a la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada y analizar tales circunstancias, y
    • a los subordinados víctimas de eventos traumáticos severos o  de actos de violencia laboral, y evaluarlos clínicamente
  • adoptar medidas preventivas para mitigar los elementos de peligro
  • practicar evaluaciones clínicas a los trabajadores que por sus funciones estén expuestos a los detonantes
  • informar al personal sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los elementos de riesgo psicosocial, y
  • registrar las acciones de prevención creadas y las conclusiones de los exámenes médicos

Los patrones deben considerar lo anterior si las condiciones de un puesto son inseguras o si las funciones le demandan a los colaboradores una alta responsabilidad o conllevan el ejercicio de una intensa concentración y atención por períodos prolongados.

El tema es delicado, pues con independencia del aspecto humano que conlleva, también se expone el patrimonio de las compañías, en razón de que la autoridad laboral al detectar la omisión en el cumplimiento de las obligaciones aludidas, puede hacerlas acreedoras a una multa equivalente de 250 a 5,000 veces el salario mínimo general, esto es actualmente de 18 mil 260 pesos a 365 mil 200 pesos (art. 994, fracc. V, LFT).

Si bien el orden jurídico nacional incipientemente regula lo relativo a los elementos de peligro psicosocial, la creación de una base de datos de la cual se obtenga mayor información para su tratamiento sería recomendable.

Basta observar el caso de España que cuenta con el “Portal de Riesgos Psicosociales” del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) en donde el público en general puede acceder a diversos documentos sobre la materia (manuales, guías, notas técnicas y aplicaciones informáticas orientadas a prevenir las fuentes de peligro) con la finalidad de evitar su generación o corregir en el centro de trabajo aquellos agentes que los producen.

En nuestro país la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) creó el Programa Nacional de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano en el Trabajo (Pronabet) cuyo objetivo es crear una nueva cultura de salud laboral en el país, mediante el cuidado de las emociones y la prevención de los agentes de riesgo en el trabajo, pero dicho sistema está más enfocado a la promoción de hábitos de higiene y entornos laborales favorables en las compañías y su personal que propicien: salud, seguridad, productividad y satisfacción.

Por lo anterior para cumplir con estas obligaciones indudablemente las grandes corporaciones de nuestro país deberán allegarse de profesionales en la materia que las acompañen en ese proceso y las medianas y pequeñas empresas igualmente se esforzarán para sopesar esta carga; no obstante para ambas sería de mucha ayuda conocer las referencias en México sobre los elementos psicosociales que ya se hubiesen detectado entre los subordinados a través de una herramienta como la española.

Sin duda la futura publicación en el DOF de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-035-STPS-2015, Factores de riesgo psicosocial-identificación, control y seguimiento ayudará a cumplir con ese propósito.

Conozca más sobre el proyecto de la NOM que próximamente regulara los riesgos psicosociales

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