Certificación en equidad de género

Hasta septiembre de 2016, 14 empresas fueron certificadas como establecimientos libres de desigualdad y segregación

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El reto actual de las compañías crear un ambiente laboral en equilibrio en cuanto al trato que se le proporciona a sus trabajadores. Además, en muchas de ellas, existe la preocupación por evitar prácticas discriminatorias prohibidas en las relaciones jurídicas entre patrones y colaboradores, pues están obligadas a erradicarla (art. 3o., LFT).

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), hasta septiembre de 2016, 14 empresas fueron certificadas como establecimientos libres de desigualdad y segregación. Esto implica que 22 mil 148 individuos prestan sus servicios en condiciones de protección.

No obstante, la equidad de género en el ámbito de los vínculos de trabajo sigue siendo una necesidad para el sector obrero y una política pública.

Existe una herramienta que ayuda a las corporaciones a contar con una acreditación técnica en la materia para proveerles de certeza a su esfera jurídica.

Dicho instrumento es la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI en igualdad laboral y no discriminación (NMX) nacida de la táctica ejecutada por la STPS; el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y el Consejo Nacional para prevenir la Discriminación (Conapred), consistente en la firma de un convenio de colaboración encaminado a evitar acciones de esta naturaleza.

Esta NMX tiene por objeto definir los requisitos para que las organizaciones, con cualquier actividad y tamaño dentro del territorio de la República Mexicana, establezcan y desarrollen estrategias de promoción al respeto e inclusión de los grupos vulnerables, así como facilitar que más féminas se integren al mercado laboral.

Su adopción es voluntaria y se aplica para obtener una certificación sobre la existencia de prácticas de equidad laboral y de no segregación por parte de un Consejo Interinstitucional (Consejo), integrado por la STPS, el Inmujeres y el Conapred, previa evaluación de la conformidad de una Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).

Con la obtención del distintivo, las compañías pueden:

  • fomentar la cultura de respeto de los derechos humanos y laborales
  • ganar puntos para concurrir en los procedimientos licitatorios de las instituciones gubernamentales, cuando utilicen la evaluación de puntos y porcentajes prevista en el artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público
  • sensibilizar y aumentar la conciencia social en cuanto a la igualdad laboral y no discriminación
  • desarrollar y retener a talentos, de ambos sexos, impactando favorablemente en la productividad
  • generar credibilidad en las empresas, posicionando su marca de manera competitiva en el mercado, y
  • atribuir prestigio al patrón como oferente de puestos de trabajo igualitarios

Para lograr la emisión del certificado que acredite los estándares de la NMX los interesados deben:

  • atender a la convocatoria emitida por la STPS, el Inmujeres y el Conapred
  • registrar sus datos en la cédula creada por la STPS e iniciar el proceso de evaluación ante una EMA.

    Es recomendable desarrollar un diagnóstico de autoevaluación, la STPS tiene a disposición de los interesados un examen en este sentido.

    En esta fase se precisa que las organizaciones interesadas firmen una carta compromiso de que asumirán la responsabilidad de actar los requisitos de la NMX

  • cumplir con las bases de participación, críticas y no críticas descritas en la NMX
  • someter a una EMA la evaluación de la conformidad. Esto conlleva la sujeción a una auditoria, cuyo propósito es verificar el cumplimiento de todos los requerimientos para la concesión del certificado
  • adquirir el documento que acredita el reconocimiento, siempre que se actualicen los extremos de la NMX y se alcance un puntaje de 70 de los 100 posibles. Adicionalmente puede utilizarse el uso de la marca “Igualdad Laboral y No Discriminación”.

    Es menester enviar una copia del instrumento al Consejo y así poder participar en el evento anual de reconocimiento que será organizado por las tres dependencias, y

  • ejercitar acciones que garanticen la mejora continua para atender las áreas de oportunidad detectadas en la auditoría

En caso de que se presenten en contra de los centros de trabajo denuncias resueltas ante la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) o ante el Conapred, el uso de la marca se suspenderá por un plazo máximo de seis meses, a efectos de atender la queja, asimismo puede prohibirse el distintivo si se hace mal uso de este.

Finalmente, es importante considerar que si bien en el ámbito de las relaciones de trabajo es un mandato legal no incurrir en actos discriminatorios, también lo es que actualmente se busca que el sector patronal genere una cultura incluyente y al ostentar un reconocimiento de esta naturaleza aquel demuestra que está haciendo tal aportación.