Infonacot publicó manual de crédito y procedimientos

Los patrones y sus trabajadores deben conocer estos documentos, pues fijan reglas y obligaciones relacionados con los créditos que conceden

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 .  (Foto: Comunicación social)

El Instituto del Fondo Nacional del Consumo de los Trabajadores (Infonacot) difundió en el DOF de este 27 de octubre el Manual de Crédito que tiene como propósito integrar las reglas generales de operación, los procesos, las metodologías, las políticas, los lineamientos e información diversa necesarios para el ejercicio de la actividad crediticia del organismo.

Iniciará su vigencia el 3 de noviembre y dejará sin efectos los documentos similares anteriores.

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De sus reglas destacan los rubros tales como:

  • afiliación patronal al Infonacot. Obliga a su realización a través del sitio electrónico: http://www.fonacot.gob.mx, por medio del propietario o representante legal o por un funcionario facultado por el centro de trabajo o en las instalaciones de este último. En cuanto a las sucursales su registro se hará según el medio que indique Infonacot y se considerarán parte de la matriz para todos los efectos legales que correspondan. 
    Las Direcciones Estatales de Plaza y Representaciones del Instituto se encargarán de inscribir a los pequeños negocios que entran a la formalidad y bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y señala las reglas para la actualización de esta integración al organismo
  • recuperación administrativa a compañías. La Dirección de Cobranza del Instituto llevará a cabo los procedimientos de cobranza administrativa y extrajudicial, para ello dará seguimiento a los empleadores. Ante la falta de pago se generará el cálculo de la pena convencional y accesorios, de acuerdo con los contratos, convenios o lineamientos de afiliación. 
    Esas penalizaciones se calcularán a razón del 6 % mensual aplicable por mes o fracción de mes, durante el tiempo que dure el incumplimiento, más el IVA correspondiente o en su caso la tasa que para tal efecto autorice el Comité de Crédito; esta carga no podrá ser transferida a los colaboradores acreditados, y
  • asignación y gestión de cobranza extrajudicial a patrones. Se lleva a cabo respecto de: patrones que tengan emisiones vencidas; los cheques devueltos cuyo importe no hubiese sido posible cobrar, y las que el Comité Crédito especifique. 
    La Dirección de Crédito asignará a prestadores de servicios externos de cobranza el acceso vía internet para que desarrolle las acciones señaladas

En lo que se refiere a los procedimientos se difunden tres específicos relativos a:

  • Originación de Crédito. Fija los de afiliación, integración y actualización de la información de centros de trabajo, y reestructuración de créditos
  • Administración de Crédito. Regula los concernientes a: recuperación de empréstitos; cobranza a acreditados; acreditación y aclaración de pagos; cobranza extrajudicial por morosidad y cheques devueltos; aplicación de pagos recuperados por recuperación judicial; condonación de pena convencional por cheques devueltos, etc., y
  • Complementarios del Infonacot. Precisa los referentes a: aclaraciones –créditos y los no reconocidos o duplicados; homonimias, y devoluciones–; reembolso a acreditados, y liquidaciones anticipadas