Con la finalidad de establecer medidas y procedimientos para prevenir, atender y sancionar los casos de hostigamiento y acoso sexual en los centros de trabajo, la secretaria de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, María Eloísa Talavera Hernández (PAN), planteó una reforma al artículo 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.
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La diputada panista denunció que 27 de cada 100 mujeres económicamente activas enfrentaron algún acto violento principalmente de carácter sexual, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016.
A detalle, el 79.10 % de la violencia ejercida contra las mujeres en el ámbito laboral se originó en las instalaciones del trabajo, mientras que 11.5 % ocurrió en las inmediaciones, como calles, parques o lugares públicos.
Por lo anterior, con su propuesta busca especificar que se entenderá por hostigamiento el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.
Asimismo, entender como acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
“Resulta evidente la obligación de las dependencias e instituciones públicas de implementar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos de acoso y hostigamiento sexual en los círculos laborales; sin embargo, el problema radica en que dentro del marco jurídico vigente no existe disposición expresa que obligue a implementar este tipo de acciones a los titulares y trabajadores de las dependencias de los Poderes de la Unión”, puntualizó la legisladora.