EMBRIAGUEZ, APRECIACION DEL ESTADO DE.- La embriaguez es un estado que puede ser apreciado a través de los sentidos con la sola observación del hecho; esto es, que es posible percatarse que una persona se encuentre intoxicada por haber consumido bebidas alcohólicas, cuando su aspecto y su conducta son distintas de las que normalmente siguen las demás personas; y para lo cual no son necesarios conocimientos especiales, como tampoco es necesario que se detallen todos los síntomas que presente ese estado para llegar a esa conclusión.
Amparo directo 348/84. Esaú Rivera Martínez. 8 de agosto de 1984. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 121-126, página 31. Amparo directo 6201/78. Armando Alcántara Mendoza. 12 de marzo de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 70, página 19. Amparo directo 2192/74. Luis Felipe Sánchez Hernández. 3 de octubre de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 55, Quinta Parte, página 19, tesis de rubro " EBRIEDAD, PRUEBA DEL ESTADO DE.".
Nota: En el Volumen 70, página 19, la tesis aparece bajo el rubro "EBRIEDAD, ESTADO DE APRECIACION.".
Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 187-192, Quinta Parte, p. 21, Materia Laboral, Tesis Aislada, Registro 242720.