Condonación de multas impuestas por autoridad laboral

Si las sanciones referidas en su pregunta son improcedentes, tienen derecho a impugnarlas a través de un recurso de revisión

Nos fue notificada una resolución por parte de la STPS derivada de una inspección ordinaria en materia de condiciones laborales. Existe la posibilidad de que solicitemos una condonación de la misma

La LFT no prevé alguna disposición que haga viable una petición de esta naturaleza; es menester considerar que la autoridad aludida únicamente cuenta con la atribución para aplicar las sanciones por las violaciones a la normatividad de la materia, pero no para cobrarlas, porque para ello solicita a las autoridades recaudadoras competentes que sean ellas las que requieran su pago, toda vez que al surtir efectos se configuran en aprovechamientos (arts. 3o., tercer párrafo, CFF; 2o. y 3o., Reglamento General de Inspección y Aplicación de Sanciones –RGITAS–).

No obstante, si las sanciones referidas en su pregunta son improcedentes, tienen derecho a impugnarlas a través de un:

  • recurso de revisión, que se gestiona ante la autoridad emisora de la resolución que impone la sanción, a efectos de que sea resuelto por el superior jerárquico de esta, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que hubiese surtido efectos la notificación de la resolución recurrida (arts. 85 y 86, Ley Federal del Procedimiento Administrativo), o
  • juicio de nulidad, se tramita ante el TFJA, por la vía sumaria o la ordinaria, siendo aplicable esta última cuando el importe de la resolución rebase las 15 veces la UMA elevada al año, esto es 441,285 pesos; ambos dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la resolución impugnada (art. 13, párrafos primero y tercero, fracc. I, inciso a); 58-I, 58-2. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo)