Oficializan la NOM contra riesgos ergonómicos

Se emitió de forma definitiva las directrices a observar para evitar peligros a la salud física de los colaboradores

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el DOF de este 23 de noviembre la Norma Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas, misma que estará vigente, en lo general, a partir del 2 de enero de 2020.

El objeto de la NOM es fijar los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico (FRE) en los inmuebles laborales derivados del manejo manual de cargas, a efecto de prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores.

Asimismo tiene que ser observada en el territorio nacional en aquellos centros de trabajo en donde se encuentren subordinados que realicen actividades que impliquen el manejo de cargas de forma cotidiana (más de una vez al día), excepto por las cargas menores a 3kg. 

En la NOM se establece que los patrones son responsables de:

  • contar con el análisis de los FRE relativo al manejo manual de cargas
  • adoptar medidas de prevención o control para reducir o eliminar los FRE en la remoción de cargas
  • vigilar la salud de los trabajadores ocupacionalmente expuestos
  • informar a los colaboradores sobre las posibles alteraciones a su integridad física por la manipulación de pesos
  • proporcionar capacitación y adiestramiento al personal que efectúa la actividad prevista en la NOM, sobre los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro o en su en su caso, de las tácticas de elusión de peligros, y
  • registrar las acciones de salvaguarda fijadas y los exámenes médicos practicados
  • llevar a cabo un estudio cuando se manipulen manualmente cargas y contenerlo en el diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo que fija la NOM-030-STPS-2009 o las disposiciones que lo sustituyen, mismo que será revisado, actualizado o modificado si cambian las condiciones de las actividades o se detecta alguna alternación a la salud de los subordinados ocupacionalmente expuestos o se suscite un trastorno músculo-esquelético
  • establecer medidas de prevención o control de los FRE dentro de un procedimiento de seguridad
  • emitir un programa de ergonomía, mismo que servirá de fundamento para llevar a cabo la vigilancia de la salud del personal que desarrollará un especialista, y
  • proporcionar capacitación y adiestramiento, los cuales deben incluir instrucción teórica, entrenamiento práctico y evaluación de los conocimientos y habilidades adquiridos, entre otros

El personal de las compañías tienen como deberes:

  • Observar las tácticas de prevención o control; los mecanismos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro o las implementadas por las empresas para evitar riesgos
  • avisar de inmediato a su patrón o a la Comisión de Seguridad e Higiene sobre las condiciones inseguras que adviertan durante el desarrollo de sus actividades; así como las afectaciones a su salud o posibles limitaciones para efectuar sus actividades
  • mantener ordenados; limpios, y libres de obstáculos sus lugares de trabajo y áreas comunes
  • desempeñar sus tareas de forma cuidadosa para evitar peligros
  • participar en la capacitación, el adiestramiento y los eventos de información impartidos por su patrón
  • informar al empleador sobre las afectaciones a su salud o sus posibles limitaciones para la realización de sus actividades, y
  • someterse a los exámenes médicos indicados en la NOM o el médico de su centro de trabajo