Discriminatorio pedir exámenes de VIH a personal médico
La SCJN determinó que es una discriminación laboral por parte del IMSS
Laboral
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es discriminatorio que el IMSS establezca, como requisito para la contratación del personal médico, la aplicación de exámenes de VIH/SIDA.
Tras la resolución, el IMSS está permitido para solicitar los exámenes, siempre y cuando se realicen de manera posterior a la contratación del profesional de salud y se cumplan con las obligaciones establecidas en una Norma Oficial Mexicana denominada “NOM-010-SSA2-1993.
"Exigir el examen de VIH como requisito para acceder al trabajo médico viola el derecho a la igualdad, pues permitiría negar el empleo a la persona, simplemente por su condición de salud, lo que está prohibido por el artículo 1 de nuestra Constitución", señaló la SCJN en un comunicado.
Nuevos requisitos
La SCJN establece que ahora:
1. Nunca pueden realizarse de manera previa a la contratación.
2. No deben dar lugar al despido del trabajador.
3. El examen de VIH solo debe practicarse en las especialidades, áreas médicas o actividades en las cuales, efectivamente, exista un riesgo razonable y objetivo de infección al personal o a los pacientes, conforme a la naturaleza del trabajo médico respectivo y de forma general, no individualizada.
4. Los resultados del examen de VIH/SIDA no deben ser publicados y por regla general sólo podrán ser del conocimiento de las personas y trabajadores que, estrictamente, sean responsables o corresponsables de la aplicación de las medidas necesarias para la protección de la salud del personal médico y los pacientes.
Por su parte la Conapred informó que esto "contribuye a contrarrestar la discriminación laboral".
Para Conapred, esta resolución representa un avance para garantizar igualdad de condiciones en el trabajo, así como el derecho a la privacidad y a la salud de quienes apliquen a plazas laborales médicas en el IMSS.