Cuándo se considera que la suspensión del trabajador es indefinida

La aplicación de la interrupción de las labores de un subordinado sin delimitar los días, se considera despido injustificado

SUSPENSION INDEFINIDA DEL TRABAJADOR COMO CORRECCION DISCIPLINARIA. EQUIVALE A DESPIDO INJUSTIFICADO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).- Si en el oficio en el que se le notifica al trabajador la suspensión temporal no se señala el término de duración de ésta, es incuestionable que debe considerarse como una suspensión indefinida, situación que se equipara a un despido injustificado.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Amparo directo 899/95. Director General de Servicios Educativos para Chiapas. 22 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente Angel Suárez Torres. Secretario Víctor Alberto Jiménez Santiago.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, p. 1029, Materia Laboral, Tesis XX.31 L, Tesis Aislada, Registro 203,100, de marzo de 1996.