El mercado de trabajo ha adoptado diversas formas de crear vínculos laborales (freelance; trabajo a domicilio; realización de labores vía digital, etc.); por ende, para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se requiere, entre otros aspectos, el incremento de las inversiones en las instituciones laborales, según la nota Comisión Mundial sobre el futuro del trabajo, Trabajar para un futuro más prometedor.
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El término de instituciones laborales se refiere a: la legislación, los contratos individuales o colectivos de trabajo, los reglamentos interiores de trabajo, y para la OIT, deben llevar a la formalización, la disminución de la pobreza laboral, el trabajo digno, decente y desempeñado en condiciones igualitarias.
Para aumentar las inversiones en las instituciones laborales, la OIT recomienda el establecimiento de una Garantía Laboral Universal que permita responder a los retos de las novedades del mercado del trabajo.
Se trata de un esquema de protección que concentre:
- derechos fundamentales a:
- la libertad sindical
- el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, y
- no ser sometidos a labores forzosas, trabajo infantil o discriminación
- condiciones básicas, tales como:
- un salario vital adecuado
- limitación de las horas de trabajo, y
- mayor seguridad e higiene en los centros de labores
Es decir, para la OIT los Estados no deben olvidar que los nexos de trabajo son la razón de ser de la protección laboral; por ende, las instituciones aludidas deben ajustarse para proveer de la salvaguarda de los subordinados, independientemente de la modalidad de contratación.
Ante esto señala que en principio puede hacerse a través de la adecuación legislativa que corresponda y la mejoría de los contratos colectivos de trabajo.