Guarderías, ¿evitan rotación de personal?

Fueron la solución por la alta rotación de mujeres trabajadoras, pues ellas privilegiaban las necesidades de sus pequeños

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La rotación de personal es la fluctuación de trabajadores entre una organización y su ambiente que se define por el volumen de personas que ingresan o salen de una empresa, según Idalberto Chiavenato, especialista en administración, en la obra Administración de Recursos Humanos

Si bien es cierto es un rasgo característico de las corporaciones de la actualidad, también lo es que está supeditada a la actitud y comportamiento de estos últimos.

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Ese movimiento se desprende de diversos factores internos y externos a la empresa, según Roberto Flores Leal, profesor; Mohammad Badii, maestro investigador, y José Luis Abreu Quintero, profesor e investigador, todos del área de administración, en la nota Factores que originan la rotación de personal en las empresas mexicanas

Por ejemplo, se puede citar el fenómeno advertido por Angélica Pineda, periodista que en su nota Un gancho contra la rotación, precisó que la alta rotación de personal femenino del sector de la manufactura, de la zona del Bajío de la República Mexicana, se debía a que tenían que cuidar y atender las necesidades de sus pequeños hijos.

El 83 % de las contrataciones de la industria automotriz en 2017, se produjo por la rotación de colaboradores; señala Angélica Pineda datos del Inegi que muestran que una tercera parte de la fuerza laboral del ámbito manufacturero está conformada por mujeres, y muchas requieren los servicios de guarderías del IMSS, pues es una forma de resolver el problema.

El conflicto descrito, de acuerdo con Angélica Pineda, se resolvió con la instalación de guarderías corporativas, ya que con ello las madres trabajadoras adquieren mayor estabilidad laboral, ahorran en gastos y traslados.

La solución es loable; sin embargo, los patrones que padezcan una rotación femenina, previo a adoptar esta táctica, deben contemplar las implicaciones en diversos ámbitos:

  • laboral, si de determina brindarla como un beneficio a las mujeres subordinadas, sería una prestación de previsión social, que contemplaría la contratación de expertos en nutrición, pedagogía, medicina, entre otros
  • seguridad social, en el supuesto de que se pretenda celebrar un convenio de subrogación con el Seguro Social, ceñirse a las disposiciones emitidas por dicho Instituto. Para conocer los detalles al respecto se recomienda la lectura del tema: Directrices para conceder el servicio de guardería (arts. 201 al 207, LSS)
  • protección civil, en virtud de que conlleva la apertura de la infraestructura necesaria para atender las necesidades de los niños, y
  • atención y cuidado de menores, creando programas y planes enfocados al respeto de los derechos de los pequeños (arts. 9o. y 11, Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil)