Sabemos que en una inspección por parte de la STPS, nos pueden requerir los recibos de pago de la participación de las utilidades (PTU) entregados al personal. Tenemos aproximadamente 12 ex colaboradores que no se han presentado a recoger la PTU generada en 2018, a pesar de que se les informó de la misma y se les pidió que acudieran a nuestra instalaciones a recibir el cheque respectivo. Desconocemos cómo debemos actuar si la autoridad nos hace un requerimiento así. Qué pueden comentarnos al respecto
Si bien es cierto los patrones deben acreditar el pago de la PTU, también lo es que en el supuesto planteado aplica el principio de que nadie está obligado a lo imposible.
Esto es, ustedes están impedidos en captar la firma autógrafa de ellos en el recibo de nómina o CFDI correspondiente, porque ellos no han concurrido a recibir su dinero.
De esta suerte, si son objeto de una visita de la STPS, es recomendable que,
manifiesten a la autoridad que la falta de pago no es imputable a la compañía, y
que por el contrario, esta reconoció la prerrogativa de dichos ex colaboradores, al haberles comunicado sobre el derecho a su favor y los detalles para ejercerlo.
Para demostrar lo anterior, es indispensable exhibir en ese momento:
- el documento o medio por el cual hicieron del conocimiento de los ex elementos la PTU que les corresponde, poniendo a disposición del funcionario las copias simples respectivas (la publicación en el periódico de mayor circulación nacional; el acuse del correo certificado en el cual le hubiesen notificado el importe a su favor, o el medio de notificación utilizado), y
- el proyecto de reparto de PTU del ejercicio 2018, resaltando los nombres de los sujetos involucrados