¿Cómo garantizar prestaciones laborales en home office?
En los próximos días los diputados analizarán la reforma para regular la figura del home office en la Ley Federal del Trabajo, la cual ya fue aprobada por el Senado
Laboral
Sin duda, la evolución del mundo del trabajo se dirige a poder realizar muchas tareas de manera remota, pero eso también trae riesgos, opina el diputado federal Manuel Baldenebro Arredondo. Algunas empresas podrían tomarlo como pretexto para no pagar prestaciones laborales, advierte.
El pasado 5 de septiembre la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados recibió la minuta del Senado para regular el teletrabajo. El 20 de junio los senadores modificaron el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo e incluyeron un nuevo capítulo a esa legislación para establecer qué es el home office y cómo se llevará a cabo.
El siguiente paso es que los diputados federales aprueben estos cambios. “No veo mal esta iniciativa”, comenta en entrevista Manuel Baldenebro, presidente de la Comisión del Trabajo de la Cámara baja. “Cada vez hay más actividades que se pueden realizar desde el hogar o casi cualquier otro sitio”.
Esa modalidad trae grandes beneficios para los empleados, principalmente para quienes laboran en las grandes ciudades, precisa el legislador. El tiempo de traslado para llegar a los centros de trabajo es demasiado, además es costoso y en ocasiones, inseguro, apunta. “Y si sus tareas se hacen desde una computadora, no es necesario que se muevan todos los días hasta allá”.
En ese sentido, confía en que no habrá mayor dificultad en la dictaminación de la minuta. Pero habrá que poner cuidado en que la ley establezca una “vigilancia en cuanto al pago de salario, o que no se tome como pretexto no respetar las prestaciones o seguridad social”.
Pros y contras del home office
La iniciativa de reforma a la LFT busca establecer que el teletrabajo es el que se ejecuta para un patrón, en el domicilio del trabajador o en otro sitio libremente elegido por él. Es decir, hay una relación laboral y obligaciones tanto de la parte patronal como de los colaboradores, no es trabajo freelance.
El home office, como lo plantea la minuta, se realiza “sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo”. Las tecnologías de la información y la comunicación son la vía de contacto entre el trabajador y empleador.
Una ventaja, dice Baldenebro, es que quien labora de esta manera puede administrar su tiempo. “Trabaja unas horas por la mañana, otras por la tarde y luego antes de acostarse. Eso le permite, por ejemplo, estar con su familia, atenderla”.
Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el teletrabajo “puede mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal” y hasta puede aumentar la productividad. Pero “también puede dar lugar a jornadas más largas, mayor intensidad de trabajo e interferencia entre el trabajo y el hogar”.
En México, esta forma de trabajar va siendo cada vez utilizada por las grandes empresas con políticas de horarios flexibles. Sin embargo, según especialistas, la mayoría de los empleadores aún tienen muchas dudas sobre si les podría funcionar.
Hasta ahora, afirma el diputado federal Manuel Baldenebro, las empresas no les han hecho llegar observaciones negativas sobre la reforma. Tal parece, indica, que podrá avanzar sin mayor problema.