¿Tu empresa propicia el acoso laboral?

El acoso sexual es un problema de salud y seguridad en el trabajo, y como tal, se puede y se debe contemplar e integrar en la acción preventiva

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 .  (Foto: iStock)

Un entorno que tolera la discriminación crea un ambiente propicio para el acoso sexual y laboral, de acuerdo con la ex presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), Alejandra Haas Paciuc.

“Si en un entorno de trabajo se permite que a las mujeres se las despida por estar embarazadas, que las personas indígenas tengan menos probabilidades de ser contratadas por su origen étnico o si se restringen los ascensos a las personas LGBT por su orientación sexual o por su identidad de género, se está mandando el mensaje que esas personas no merecen el mismo trato ni las mismas oportunidades que las demás y se justifica tomar medidas, además, para recordárselos”, detalló para el diario El Economista.

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La Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas detalla que el hostigamiento y el acoso sexual son expresiones de violencia e inequidad de género manifestadas en conductas de naturaleza sexual no recíproca que atentan contra la integridad física, psicológica y económica de las personas, e implican una transgresión a los derechos humanos al negar el principio de la igualdad de trato.

Aunque este tipo de violencia puede afectar a cualquier trabajador, las mujeres son las que registran el mayor número de casos al ser 70% de las víctimas de este fenómeno; razón por la que el gobierno de México y organismos internacionales, lo consideran una forma de violencia de género.

Tiene un impacto directo en la salud, con repercusiones psíquicas y físicas, además de que perjudica las condiciones de trabajo.

Derivado de ello, las empresas bajan su productividad, aumentan la rotación de personal e incluso pueden tener cada vez más dificultades para llenar sus vacantes.

¿Cómo saber que es acoso sexual laboral?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación señala los siguientes elementos para que un acto pueda considerarse acoso sexual laboral:

  • contactos físicos no deseados que oscilan desde tocamientos innecesarios, palmaditas o pellizcos o roces en el cuerpo por parte de una persona que integra o se vincula en el mismo ámbito laboral
  • insinuaciones sexuales molestas, proposiciones o presión para la actividad sexual, insistencia para tener encuentros fuera del lugar de trabajo, comentarios insinuantes u obscenos, después que se haya manifestado que dicha conducta es molesta
  • exhibición de fotos sexualmente sugestivas o pornográficas, de objetos o materiales escritos, miradas impúdicas o con inclinación exagerada al deseo sexual, silbidos o gestos que generan pensamientos de connotación sexual y que resultan incómodos o amenazantes para otras personas, afectando su situación laboral
  • conducta de carácter sexual que denigra o esintimidante o es físicamente abusiva. Por ejemplo, los insultos que están relacionados con el sexo y los comentarios de carácter sexual, sobre el aspecto o la vestimenta que son ofensivos.

Puede prevenirse

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) el acoso sexual es un problema de salud y seguridad en el trabajo, y como tal, se puede y se debe contemplar e integrar en la acción preventiva.

Lo anterior puede ser a través de:

  • la integración como un factor de riesgo psicosocial, de manera que se evalúe junto con otros riesgos
  • incluirlo como indicador de salud que permitan la identificación del riesgo a través de la vigilancia de la salud, especialmente en las encuestas y exámenes de salud
  • anexarlo en el plan de prevención un conjunto de medidas preventivas que favorezcan una ambiente de trabajo saludable, respetuoso y que fomente la igualdad entre mujeres y hombres
  • promover la investigación, tanto en la empresa y el sector, como a nivel nacional, para conocer la incidencia del problema, cómo se presenta, qué colectivos son más afectados
  • que la información obtenida se analice integrando criterios de respeto de derechos, igualdad de oportunidades y protección de la salud y del empleo