JLCA CDMX amplía suspensión de labores y ajusta sus procesos

Podrán recibir demandas y conciliar de forma virtual, durante este periodo de suspensión de actividades

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 .  (Foto: iStock)

La emergencia sanitaria con motivo del virus SARS-CoV2 (COVID-19) se ha prolongado más de lo esperado en nuestro país, por tal motivo el gobierno federal emitió el 18 de mayo de 2020 los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, en los que se impuso el cumplimiento de ciertos protocolos de prevención y protección a los empresarios y un semáforo de alerta sanitaria como parámetros para el retorno a las actividades económicas y laborales; a lo que se le denomina “nueva normalidad”.

Por su parte, la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México el 20 de mayo de 2020, emitió un comunicado del que se desprende que en esta Ciudad el semáforo aun se encuentra en rojo, lo que implica que impera un nivel máximo de alerta de contagio.

Por tal motivo, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México (JLCACDMX) determinó ampliar la suspensión de sus labores hasta el 14 de junio de 2020 para evitar la propagación del virus, periodo en el que esos días se consideran inhábiles, por tanto, no correrán términos procesales.

La Junta únicamente abrirá sus puertas para ratificar y dar cumplimiento a los convenios dentro y fuera de juicio, que se tengan previamente agendados, lo que se llevará a cabo en un horario de las 09:00 a las 14:00 horas, de lunes a viernes.

No obstante, la JLCACDMX decidió que, a partir del 8 de junio de 2020, estará disponible el Sistema de Recepción de Demandas (SIREDE), por medio del cual se podrán presentar las demandas laborales iniciales de procedimientos individuales.

Al terminar el proceso de registro de la demanda de que se trate, se le asignará un folio digital, que será enviado al correo electrónico o número telefónico proporcionado, informándole al promovente, los pasos a seguir para continuar con el trámite de su demanda.

Para efectos de presentar la demanda será publicado el Manual del Usuario, en la página de la JLCACDMX http://www.juntalocal.cdmx.gob.mx/ , lo cual a la fecha en que se escriben estas líneas no ha acontecido; por lo que una vez que se dé a conocer, IDC, Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, difundirá su contenido.

No obstante, el demandante deberá presentar el escrito de demanda, los documentos anexos y copias de traslado correspondientes en los términos señalados por la autoridad a través del folio digital notificado, y no será hasta que se hayan entregado estos documentos cuando se le proporcionará al promovente el auto de radicación conducente (documento por el cual se entiende por recibida la demanda y se abre el expediente respectivo).

En caso de no exhibir en tiempo los anexos y demás documentos requeridos por la autoridad laboral, la demanda se ordenará el archivo total y definitivo del mismo por falta de interés jurídico, motivo por el que es de suma importancia se mantengan al tanto del trámite.

Otro de los servicios que se prestará será el de conciliación virtual, el cual entrará en vigor a partir del 1o. de junio de 2020, para conflictos laborales dentro y fuera de juicio y se llevará a acabo según los lineamientos disponibles en la liga http://www.juntalocal.cdmx.gob.mx/.